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Hola. Vivo de alquiler y pago la calefacción y agua caliente, pero en los recibos que me llegan hay una cuota fija de 30 euros independiente del consumo. Es una cantidad que la comunidad de vecinos necesita para hacer frente al mantenimiento de la caldera etc. según me han dicho. De esta forma, aunque no encienda la calefacción siempre tengo que pagar esos 30 euros. ¿Es un gasto que debería correr a cargo del arrendador? El contrato que tengo firmado con el inquilino dice textualmente: "Serán de cuenta del arrendador los gastos correspondientes a la Comunidad de Propietarios que se giren sobre la vivienda arrendada.Serán de cuenta de la arrendataria el gasto por consumo, instalación, reparación, contratación o ampliación de los servicios y suministros de agua, luz, calefacción, agua caliente y teléfono, así como cualquier otro susceptible de ser individualizado por medio de contador.
Y mira que no rectificas ni siendo una aclaración de los encargados de la real academia española... Impresionante.
Pues mira, tú al menos te ries. A mi tu ignorancia no me hace ningún tipo de gracia. Ni tu soberbia. Pero soy transigente y acepto que, incluso tú, algún día puedes aprender y ser de utilidad ( y en muchas repuestas lo eres). Solo te falta no hacer lo que me acusas ( qué extraño, esto lo he estudiado en psicología), creer que la verdad absoluta está en tu poder.
Lo lei y no retrocedo un ápice (a lo de transigir). Lo bueno es que como en otros casos ilustres, has pasado de parecerme un gruñon amargado a hacerme gracia (Eres el Risto). Y ya que te sabes bien la definicion, algun dia podias TRANSIGIR tu también, que das muchas lecciones de eso pero no lo haces never ever.
Yo no acuso de nada, el del dedo acusador del foro eres tu. Ale que no quiero seguir discutiendo, que como no te den la perra gorda vas a seguir cansando, porque aunque gracioso eres cansino, y ya me tienes bastante ahíta.
Mira que parece ser que "lo has leído todo" pero no has leído mi primera contestación.
Te la repito, a ver si consigues leerla bien.
"Tal y como lo indica es una cuestión que debería dejarse claro quién paga ese gasto a la hora de la firma"
Luego añado lo de que se puede reclamar, que es mejor llegar a un acuerdo, etc...
Me alegra ver que, de tanto leer, eres capaz de predecir lo que dictaminaría un juez en este caso. Digo yo, que puestos a leer, también te podías haber leído las cincuenta mil veces que PHOLMO ha puesto que "más vale transigir" "pleitos tengas y los ganes", etc... Tú ves muy claro algo que, casualmente, es bastante abstracto y se puede defender desde las dos perspectivas.
Claro es cuando alguien pregunta "cuantos días tienen que pasar para que le devuelvan la fianza", no un tema que la pregunta junta el gasto de "comunidad" con el de un suministro susceptible de ser individualizado, y menos cuando la comunidad la paga el arrendador.
Otra cosa, aunque te leyeras mis 6816 respuestas, no estarías a "mi nivel", entre otras cosas porque tengo bastantes conocimientos adquiridos en los que baso parte de mis respuestas que no aparecen por ninguna parte. Otra cosa es que tú tengas otro tipo de conocimientos adquiridos que puedan aportar también algo al foro.
Es gracioso que me acuses de que esto sea "un foro privado", cuando lo único que he hecho es disentir de "tu claridad" y no de si tiene o no que pagar ese gasto ( que también es discutible y también se podría defender desde las dos vertientes).
De todas formas, ya conozco tu forma de "sacar conclusiones" propias de donde no hay nada parecido. Lo has hecho repetidas veces.
Por cierto, aún estoy esperando a que rectifiques y reconozcas tu error en el uso de la palabra "transigir". Por si has olvidado el tema y no viste el mail que me mandaron de la rae, te lo enlazo, así vas adquiriendo más conocimientos y quizá te dé por entender que, a veces, hay que transigir un poco, y que es mejor un mal acuerdo que un buen pleito.
Crazyh, a veces pienso que crees que esto es un foro privado o que las contestaciones que da la gente se las lleva el viento. Lo que tu u otros como tu, en este caso profesionales como Juan, han escrito en su momento, si le das a la búsqueda aparecen con una velocidad pasmosa. Por lo tanto, lo que se ha hablado de este tema, lo he leido todo.
Y otras muchas respuestas que no son solo de este foro, que no es el unico y tapoco diré que es el mejor.
De hecho si quisiera podria leerme tus 6816 respuestas y estaria a tu nivel según tu filosofia, pero resulta que no tengo tanto tiempo libre. El que tengo pues intento echar una mano, si lo veo claro, y en este caso lo veo. Y si me pusiera a leer tus respuestas, seguramente veria más de una en la que tu lo ves muy claro y el resto no tanto.
Como en todo me puedo equivocar, por supuesto. Pero claro lo veo y por eso lo digo. Ahora, al final, creo que la conclusion va a ser que le va a tocar pagarlo, fijate tu por que me da.
Lo que puedes hacer es llevar las facturas y tu contrato a un abogado para que lo revise y vea si se puede reclamar alguna cantidad.
El hecho de que lleves un año pagándolo puede presuponer que habías aceptado el pago.
Supongo que lo mejor es llegar a un acuerdo, cosa que no siempre es posible.
Un saludo
Gracias por las respuestas Crazyh. Llevo pagando un año, pero hasta ahora no me había dado cuenta. Inexplicablemente he tenido que pagar los recibos de mayo a noviembre de 2011 hace pocos días y es ahí cuando he visto que sin encender la calefacción en esos meses del año pasado había un gasto desmasiado grande.
Quizá tú lo ves más claro porque llevas cerca de 150 respuestas, y yo no lo veo tan claro como tú porque llevo cerca de 6800, con lo que he visto más casos.
Otro tema diferente será el quién tiene que pagarlo si lo ha estado pagando hasta ahora, que no es la pregunta, y ahí también importaría cuanto tiempo hace que lleva pagando, pues no será lo mismo 3 meses que 1 año.
Yo lo veo claro Crayzyh. Otra cosa es si el pago viniera por la comunidad y el no lo hubiera pagado nunca. Pero en este caso, yo lo veo bastante claro.
Enlazas con preguntas diferenteres a esta, vanessa.
Tal y como lo indica es una cuestión que debería dejarse claro quién paga ese gasto a la hora de la firma. Creo que se puede reclamar tal y como lo argumenta, siempre que la comunidad la pague el arrendador, pero si no llegan a un acuerdo, la única vía es la judicial.
Vanessa, no todo es tan claro como tú crees verlo, y ahora mismo estás liándote con consumos susceptibles de ser individualizados con gastos que pertenecen a la comunidad, pero que determinan el consumo con contador propio.
Te dejo alguna otra pregunta ya respondida en tu linea:
Las leyes y contratos son susceptibles de interpretarse pues no siempre contemplan todos los casos con exactitud. Pregunto entonces porque no me dedico profesionalmente a estos temas y lógicamente porque no lo tengo claro y espero que personas amables y educadas como usted me ayuden a resolver mis dudas.
Es curioso, porque yo tambien soy inquilina y casera. Asi que mi opinion tambien es bastante equitativa.
Se que mi respuesta no es lo que esperabas, pero creo que te la he dejado argumentada suficientemente. Si lo que buscabas es una respuesta unicamente que fuera lo que quieres oir, lo siento pero no tengo de eso.
Si lo tienes tan claro, insisto, para qué preguntas.
Vuelvo a insistir en que no está tan claro. Lo que está individualizado con contador es mi consumo que asi viene especificado en el recibo. La cuota fija es de una instalación de la comunidad, no de mi caldera particular o mi contrato particular con una empresa de suministro eléctrico que sí que tendría que pagar yo. Es la comunidad la que decide qué caldera pone y qué tipo de mantenimiento va a hacer y la que decide cómo se paga y se giran los recibos. Como indiqué antes en otras comunidades de vecinos no se incluye esa cuota en el recibo de calefacción sino en el de comunidad. También tiene un coste el mantenimiento de los ascensores y es un gasto de la comunidad aunque yo haga uso del ascensor. En este ejemplo del ascensor no hay contador y como es un gasto común se paga entre todos. Exactamente igual que la caldera, que es de todos y lleva un mantenimiento. No paga más mantenimiento el que la usa más, sino que pagan todos por igual esa cuota fija, porque es un coste que se ha decidido repartir así. Lógicamente esta es mi opinión que creo imparcial pues soy arrendador y arrendatario a la vez.
Si lo tienes claro no se por que preguntas. La diferencia entre los gastos de mantenimiento que comentas y por el que preguntas, es sencilla. El gasto es individualizado mediante contador.
Y te pongo un ejemplo. Cuando te pasan los recibos de luz o de agua, te cobran lo que ellos llaman el "enganche" o el "alquiler del contador" que son gastos fijos para el mantenimiento de la instalacion que te da suministro. Eso lo pagas sin rechistar. No entiendo el por qué de preguntarte esto último.
Al ser un suministro individualizado que disfrutas tu, te corresponde el pago. Lo dice tu contrato pero tambien lo dice la LAU aqui:
Articulo 20:
Los gastos por servicios con que cuente la finca arrendada que se individualicen mediante aparatos contadores serán en todo caso de cuenta del arrendatario.