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Se puede firmar el contrato el arrendador y vincularlos al inquilino, os mejor que el inqulino de se de alta en la compañia correspondiente y ponga sus datos. En caso de que no pagará que problemas tendría el arrendador.
El arrendador no acabará pagando los suministros....a excepción que quiera dar de alta otra vez tales suministros, pues la compañía no efectuará el alta hasta que todo lo referente a esa vivienda esté al día y pagado.
Otra cosa que sucede bastante es que, el nuevo inquilino, tenga que pagarlo, y luego lo reclama al dueño, incluso mediante via judicial, con lo que termina pagando.
La verdad es que para eso existe la fianza, y si el inquilino se va sin pagar eso, da igual quien sea el titular, pues el dueño deberá exigirle que lo pague, incluso usando la via judicial si fuere necesario.
Como regla general es mejor que los contratos vayan a nombre del arrendatario, pues en caso de impago será él quien deba responder. Esta solución supone mayores costes pero más seguridad de que el arrendador no acabará pagando los suministros del inquilino.
Hola,
Da lo mismo quien los de de alta, luego puede cambiarlos sin coste alguno.
Si van a nombre del arrendador y con la cuenta corriente del arrendatario, en caso de que este no pague, el deudor será el titular del contrato.
Si el titular es el, y tiene una deuda, si no quieres hacer frente, deberás darlo de alta de nuevo, con el consiguiente gasto.
El agua, en algunas ciudades, si tiene deuda no la puedes volver a conectar hasta que no se pague sea quien sea el tieular.