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si el inqulino caus daños de forma negligente en el piso colindante, al arrendado, quien responde de los daños, el dueño o el inqulino causante? contra cual de ellos se debe dirigir la acción judicial, o acaso contra los dos?
gracias.
El responsable de los daños es exclusivamente quien los causa, para ejerecer una acción judicial de indemnización de daños, hay que probar esos daños, su autoría y la relación de causalidad, por lotanto dirigir la demenda contra quien no tiene responsabilidadpuede dar como resultado una condenaen las costas que se le causen a esa persona.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/2012/11/danos-al-local-alquilado-procedentes-de.html puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Coincido con Amparo BB, en cuanto a la reclamación judicial, salvo mejor criterio, la dirigiría contra el arrendatario y contra el propietario de piso.
En mi opinión, el responsable de un daño, es el que lo haya causado.