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Pues el caso es que la vivienda esta en proceso de embargo y está previsto ejecutarlo en Diciembre como muy pronto. Un juez ha determinado que los inquilinos se personen en un juzgado con abogado y procurador para comprobar la validez del contrato. Los inquilinos, a través de su abogado nos han solicitado que nos hagamos cargo de las costas y que le devolvamos la fianza, bajo amenaza de consignar las rentas en un juzgado. Me dicen que si les denunciamos, tardará al menos 6 meses en salir la sentencia, y que para entonces la vivienda estará embargada y no veremos un euro de las mensualidades que hayan consignado en el juzgado. Ellos se niegan a negociar y ya han consignado el primer mes. ¿Qué puedo hacer? ¿Empiezo a enviar burofaxes? Gracias y un saludo. Germán.
Lo más facil es acercarte o llamar al IVIMA y preguntar. Me inclino a que sus inquilinos le están engañando. Si no pideles una fotocopia de dicho documento.
Lo más facil es que llames y preguntes si es cierto que hay 2 fianzas, aunque, repito, creo que la de ellos es pura mentira.
Hoy he ido al IVIMA y he regularizado el depósito de la fianza sin ningún problema.
Mi duda ahora mismo es que mis inquilinos me enviaron un burofax la semana pasada dicendo que ya lo habían hecho ellos. ¿Es posible que se haya heho por duplicado?
http://blog.enalquiler.com/2012/actualidad/no-te-pilles-los-dedos-al-deducir-tu-alquiler/
De uno de los mejores abogados en materia de arrendamientos de toda españa que, además, ha contestado a tu pregunta.
Dialogar conmigo es muy fácil. Solo hay que descolgar el teléfono cuando llamo.
y efectivamente eso es precisamente lo que voy ha hacer, ir a
enterarme si tengo razon o no. Y la cuestión no es si han hecho
bien o no. Es que no lo han hecho.
Dialogar con usted no parece cosa fácil, la verdad.
ale, vaya con su razón a dialogar, que ya se lo explicarán si han hecho bien o no.
Intentamos asesor lo mejor posible. Y como diria Pholmo, mas vale un mal acuerdo que un buen pleito! ;)
Intente hablar con ellos
Acabo de hablar con mi abogado y me ha comentado que haga el ingreso y acuda el Martes a las oficinas del IVIMA a regularizar el depósito de la fianza. Si ya estuviera hecho me lo dirían allí mismo. En ese caso una de las 2 partes no lo ha hecho bien. Si el IVIMA lo ha aceptado lo ha hecho mal, ya que hay requisitos que no se cumplen. Aparte que el ingreso de la fianza es obligación del arrendador.
De todas formas, usted ha dado en el clavo. No quieren dialogar. Todo viene por las costas de su abogado, pero en ningún momento me han comentado el coste de las minutas. Creo que siendo razonables se podría solucionar. Pero por razones que desconozco el tiempo para la razón se ha acabado.
Muchas gracias por el interés que ha mostrado desde el principio.
Desde la pagina del ivima puedes ver si está ingresada no, pero claro, te hace falta el número de expediente.
Yo acudiría a un abogado y me asesoraría bien de todo. Y pesar de que sus inquilinos hayan hecho lo correcto veo que no están dispuestos a dialogar con usted.
Gracias de nuevo.
Esto es lo que me han comunicado en el burofax:
Como consecuencia de que no han depositado la fianza del arrendamiento, les comunicamos que la renta del mes de Agosto la hemos procedido a depositar en concepto de fianza y en su nombre en la Oficina de la Comunidad de Madrid competente para ello, así como un escrito de denuncia, por no haberlo efectuado ustedes en su día como era su obligación.
Y esto pone en la web del IVIMA:
El depósito lo debe realizar el arrendador mediante un ingreso equivalente a la cuantía del depósito que deba ingresar. En dicho ingreso deberá indicar el nombre del arrendador en la cuenta de la entidad financiera: Número de cuenta: xxx Titular: IVIMA-Fianzas de Arrendamiento
El ingreso se puede realizar en metálico en cualquier oficina de la entidad financiera; por transferencia bancaria en la cuenta indicada o mediante talón al portador o nominativo.
El dinero no lo pueden haber depositado en el IVIMA. Hay que hacerlo en el banco y con el resguardo que te den, el contrato (fotocopia y original) y copia del DNI del propietario presentarlo en las dependencias del IVIMA.
Yo vivo a 700 kms de Madrid. Tengo el dinero de la fianza y tengo cita el Martes en el IVIMA. Mi intención es ir y acabar con esta situación. Pero lo que no quiero es ir para nada. En el teléfono del IVIMA no me dicen si esa fianza está depositada.
Lo que sí han podido hacer es hacer el ingreso en la entidad financiera, pero no han podido regularizarlo en el IVIMA puesto que no cumplen uno de los requisitos, que es llevar copia de mi DNI.
Quizá ellos hayan dicho que tu no la quieres ingresar, etc etc, y que la ingresaban ellos para no tener problemas. No sé, n este tema no quiero que me hagas mucho caso puesto que no sé que respuesta dar.
Me parece que el debate sobre este asunto de por si complicado lo ha enredado aún más.
1.- Para consignar los alquileres primero hay que ofrecer el pago al arrendador y que éste se niegue a admitirlo. Sin ese requisito el Juzgado no admite la consignación.
2.- Si consiguen consignar loprimero que hace el Juzgado es ofrecer ese dinero al arrendador.
3.- El depósito de la fianza por cuenta del arrendador no consiste en acudir al IVIMA con el dinero. Las consultas telefónicas a una Administración Pública no son aconsejables, no se sabe quien es el que responde ni su conocimiento del tema.
4.- Omito todo comentario sobre costas, denuncias etc.
No se si he aclarado algo si no es así en mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).
He llamado al IVIMA y me han dicho que no, que no pueden sin la autorización del propietario. Han podido hacer el ingreso en la entidad financiera pero no pueden aportar la documentación sin copia de mi DNI o personándome yo mismo acompañándoles a hacerlo con mi DNI original. Además necesitan que firme los documentos. Así que no, no pueden. Y además es ilegal que lo hagan.
Sí, si puede. Y además han hecho lo correcto.
debe pedir el justificante o acercarse al ivima a comprobarlo.
Gracias por la respuesta.
La semana pasada recibí un burofax por parte de los inquilinos instándonos a ingresar la fianza en el IVIMA. Les repondimos que lo haríamos en esta semana. Pero para mi sorpresa hoy he recibido otro burofax diciéndonos que ellos han utilizado la mensualidad de Agosto para hacer el ingreso en el IVIMA en nuestro nombre, aunque no adjunta ninguna documentación que lo pruebe. También nos dicen que han puesto la denuncia correspondiente. ¿Puede un inquilino hacer el ingreso de la fianza en el IVIMA en nuestro nombre? Por lógica eso podría hacerlo sólo el propietario ¿no?
Muchas gracias.
Lo de la fianza no es discutible, es que es una obligación vuestra ingresarla en el ivima, y podeis ser sancionados por no haberlo hecho. Es obligación por ley.
Así que te recomiendo que vayas al ivima y la ingreses, y entregues copia de que la fianza no la tienes tú. También ofrécete a pagar las costas judiciales causadas, y todo esto ponlo por burofax, tanto lo del certificado del ivima como lo de pagar.
Al abogado le explicas que la fianza se devuelve al finalizar el arrendamiento, por ley, puesto que es competencia de la comunidad autónoma devolverla, y que si finalizado el arrendamiento no se ha devuelto a los 30 días, con un simple juiico monitorio la podrán reclamar. Además, si está ingresada, la única forma de que te la devuelvan es con el documento de finalización de contrato o con una declaración jurada de que ya no viven ahí. Falsificar una declaración jurada es un delito con pena de prisión.