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Tengo una villa de 3 alturas. En el 3er piso tengo otro piso completo que no está declarado como tal en las escrituras. Debería señalar en el contrato que lo que alquilo son habitaciones con derecho a cocina?
A la hora de presentar la declaración de hacienda se haría como si alquilaras una vivienda distinta? Qué problemas pueden surgir?
Gracias.
Hola jaioloca:
Coincido con las respuestas anteriores y le sugiero que el contato sea redactado por un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanos,
reciba un cordial saludo.
De cara a hacienda no es una vivienda distinta, ojo al deducir la hipoteca y los gastos, hay una iri y al mismo tiempo rci.
y ojo tambien a la hora de hacer el contrato, no por darle una duracion menor a un año se entiende que es temporal.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es
El contrato tiene que dejar claro cuál es el "objeto del contrato" (tal planta, o tales dependencias). Un plano ayudará a que no haya dudas.
Pero el tipo de contrato dependerá del uso que vaya a darle el inquilino. Si va a ser su vivienda, será un contrato para uso de vivienda. Si no (por ejemplo estudiantes durante 9 meses) será un contrato para uso distinto de vivienda.
En mi página, Papeleos Alquiler, tienes ejemplos de ambos tipos de contrato.
Saludos - Papeleos Alquiler.