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Alquilé mi piso justo antes de la reforma de la LAU. Ahora mi inquilino quiere marcharse antes de q se cumpla el 2º año de contrato.
Aunque no haya cláusula de penalización en el contrato ¿se aplica la penaiización que marcaba la ley antigua? Sería pagar los meses hasta el cumplimiento del 2º año, ¿no es así? (en este caso sería hasta junio de 2015)