¿Qué pasa si transcurridos 5 años y los 3 siguientes, ni arrendador ni arrendatario comunica rescisión de contrato?
Cumple 5º año de contrato y prórroga de los 3 siguientes sin notificación alguna de rescisión, ni por parte de arrendatario ni arrendador. ¿Puede interrumpir el contrato el casero?
Tal como yo lo entiendo, no pasa nada. El acuerdo sigue en vigor exactamente en iguales condiciones que los 8 primeros años, si ninguna de las 2 partes las pía.
Ahí está la diferencia, a mi juicio. Que, ahora, ninguna de ls 2 partes está obligada y ,casero o inquilino, pueden decir a la otra parte que quieren renegociar o rescindir el contrato.
En resumen, yo creo que sí puede rescindir el contrato el casero.
¿Te parece injusto? El inquilino pudo interrumpirlo todos los años a partir del 1º y tú, solo el 5º y a partir del 8º ¡Ya está bien la descompensación!
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