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La vivienda es herencia de mi abuela y necesita arreglos por importe de 30000 euros. Por ello, me gustaría valorar la posibilidad de indemnizar al inquilino o bien emprender las reparaciones necesarias.
Los herederos son mi padre y mi tío pero las relaciones entre ambos no son buenas y parece ser que mi tío no podría afrontar ni la indemnización ni las reparaciones.
Si no recuerdo mal, por arreglos se puede subir la cuota mensual
Si le sirve de algo la indemnización que se ofrecería en caso de necesidad del propietario sería de entre 1 y 2 anualidades de renta, según el momento en el que el inquilino abandonara la vivienda (1 año o 6 meses desde el requerimiento).
Pero no hay tablas para el caso que usted expone.
El inquilino tiene derecho a permanecer en la vivienda hasta su fallecimiento, por lo tanto no existe forma de determinar la indemnización que le correponde para obligarle a dejar la vivienda, en todo caso se le puede ofrecer una cantidad para ello y negociar.
Para ampliar o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
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