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Se me ha muerto un inquilino en el piso y tiene hijos y saben que se ha muerto pero no quieren retirar sus pertenencias. ¿que tengo qué hacer?
Javier, que lo hagan o no es decisión de los herederos, con las consecuencias del 16, claro.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
Violeta 2,
Entiendo que lo procedente es informar a los familiares de la existencia de los enseres y es conveniente harcerlo de una manera por la que pueda quedar constancia, como una carta con acuse de recibo o firmando los herederos un documento, para evitar problemas en el futuro.
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Pedro, creo que estoy en lo cierto que se puede subrogar a los herederos... pero si no quieren o dicen nada... que lo digan por escrito ¿no?
Javier, para la extincion del contrato o la subrogacion en el mismo te recomiendo la lectura del interesante y esclarecedor art. 16 de la lau.
pedro Martinez
Abogado
5001@Icagr. Es
Ese alquiler sigue en activo ,hasta que los herederos no lo anulen,o caduque.Deberá hablar con los herederos y si no les interesa,que te lo den por escrito