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Soy propietaria de una vivienda que tengo alquilada por habitaciones, cada inquilino con su correspondiente contrato por duracion determinada y por motivos laborales y o de estudios. en el contrato está fijado que puedo rescindir el contrato avisando con 30 días que el contrato se acaba ? Es decir, quiero que uno de los inquilinos se marche de la vivienda porque contraviene las normas de limpieza y convivencia del piso, podría echarle?
Danver: es imposible darle una respuesta segura, porque la Jurisprudencia no es unánime a la hora de determinar cual es la Ley que regula el arrendamiento de habitaciones.
Hay Jurisprudencia que afirma que se rige por la LAU como contrato de vivienda. Otras que se rige por la LAU como contrato distinto al de vivienda. Y finalmente hay sentencias que dicen que se rige por el Codigo Civil.
En el primer caso Ud no puede hacer lo que pretende. En los otros dos si. Es imposible decirle qué ocurriría en caso de que Ud. fuese a los Tribunales.
En todo caso podría intentar echar al inquilino "directamente" por su "mal comportamiento", pero en principio lo veo muy difícil.