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Los inquilinos me deben 3 meses y no tienen intención de pagarme. He iniciado la demanda para el desahucio. Por contrato, la cuota de comunidad de propietarios la pago yo. ¿Puedo negarme a que bajen a la piscina cuando llegue el verano y a que no adquieran las 3 invitaciones a las que tiene derecho cada vivienda?.
En el contrato no dice nada de este tema.
Pues enhorabuena por conseguirlo campo450, ningún problema si no utilizas para hacerlo coacciones, violencia ni amenazas.
Campo450: enhorabuena si consigues impedir al inquilino moroso el uso de instlaciones comunes: problema no veo ninguno, es una cuestión civil entre particulares, de manera que el que no paga unos servicios no debe permitírsele que los utilice, siempre que para ello no se utilice coacción ni violencia ni amenazas.
hola chicos, mi caso es parecido,
resulta que tengo un inquilino que no paga desde hace meses y a él le corresponde tampien pagar la comunidad pero como no la paga he decidido que se le prohiba entrar en las piscinas y pistas de tenis de la urbanizacion.
no paga ni renta ni comunidad.
tendria alguna problema despues?
el inquilino esta denunciado por impago para deshacio pues se le envio un burofax hace tiempo y pasó de ir a recogerlo.
Muchas gracias chicos! No me queda otra que aguantarme pero era por saberlo!
siento haber iniciado el tema aquí, ya lo sé para la próxima!
voy a ver dónde puedo iniciar otra dudilla que tengo.
muchas gracias, muy amables! =d
pili coincido con las respuestas de domus.
Si tienes alquilada una habitacion es solo eso, la habitacion, en el resto del piso no tienes "derecho a intimidad" pues se trata de zonas de uso comun.
Ah, y coincido contigo en la excelente consideración sobre esta página, todos aprendemos un montón de opiniones y experiencias ajenas.
Hola Pili marq, deberías haber iniciado nueva pregunta porque tal como lo has hecho aparece como repuesta a pregunta diferente.
Yo te doy mi opinión: el alquiler de habitaciones no está sometido a la LAU (hay algunas opiniones discrepantes, e incluso algunas sentencias que afirman lo contrario), por eso las condiciones dependen en mayor medida de lo que ambas partes acuerden y establezcan en el contrato, por tanto en el momento de la firma es cuando hay que plantear: lo de la terraza, tendedero o anexos, lo de la llave del buzón ... etc.
En cuanto a lo de las excursiones de la casera por la vivienda, hay que tener en cuenta que lo alguilado es la habitación, y por tanto es el espacio de privacidad que de ninguna manera podría invadir, mientras que sobre el resto ninguno de los inquilinos tiene la exclusiva, ni frente a los demás inquilinos ni tampoco frente a la propiedad.
Me encanta esta página....me resolvéis muchas dudas y curiosidades!!!
Me gustaría haceros una pregunta, (es la primera vez que escribo y nose si es correcto escribir aquí o debería abrir otro asunto), este algo relacionado con esto, pero al revés:
Yo vivo en alquiler, pero el casero arrienda las habitaciones por independiente. el piso consta de 4 dormitorios, de los cuales ahora mismo están ocupados 3, y la casera se pasea por aquí cada vez que quiere y entra siempre con sus llaves...nose si eso es totalmente legal o no, pero bueno! incluso cuando han estado todas ocupadas viene a cotillear un poco....tiene derecho?
Además arriba en la azotea hay unos tendederos enormes (de la comunidad) están cerrados con llave y no nos la quiere dar, al igual que la llave del buzón...no deberíamos tener los inquilinos una copia y tener derecho a usarlo?
Espero no molestar con mis preguntas muchas gracias
Pilar
Continua los tramites de deshucio y dejate de " tonterias" que harás de vigilante y les impediras el paso ???
junto al alquiler de vivienda se cede el uso de las zonas comunes... aunque las pagues tu... por que de hecho los Gts. comunitarios , i.b.i, basuras etc... los repercutes en el recibo de la Renta ( seguro que si no hubiera piscina no podrias pedir la renta que pides no?
Bueno que tengas suerte y se agilice el desahucio pero no hagas nada para que luego tengan algo que aportar en contra tuyo en el juicio...
Por añadir una opinión mas en el tema diría que comparto el criterio de que lo importante es agilizar el desahucio, ahora bien si tiene alguna posibilidad de impedir el uso de esa piscina yo la utilizaría.
para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
Nicolas, habria que ver el contrato... si tu lo unico que has alquilado es la vivienda no tienen por que hacer uso de la piscina, es como cuando uno alquila un piso con cochera y trastero, el alquiler de la vivienda no implica -a no ser que asi se acuerde el uso del trastero y la cochera... Dada la situacion que Vd tiene y que comprendo perfectamente, si en el contrato no pone nada del uso y disfrute de la piscina yo lo que haria seria hablar con el presidente de la comunidad, exponerle el caso, hacerme cargo del cambio del bombin de la piscina y de dar copias nuevas a todos los demas propietarios-, presupongo que el inquilino ira al presidente a pedirle la nueva copia, y entonces este que le indique que las copias solo se pueden entregar a los propietarios. La cosa seguramente no ira mas alla. El uso de la piscina no es un bien ni un servicio fundamental no merma en nada el uso de la vivienda y si el juzgado el inquilino intenta usar esto en su contra siempre puede Vd indicar que el bombin estaba roto y fue la comunidad quien decidio cambiarlo.
No descuide Vd mientras la via judicial.
Es una "rabieta" comprensible, pero personalmente me centraría más en la acción de desahucio, aunque por otro lado tampoco les estás privando de algo que comporte falta de habitabilidad (no les cortas luz, agua o gas ; aquí si tendrías problemas), si de alguna forma subrepticia que no vulnere la legalidad puedes impedir que además de estar en tu piso sin pagar se solacen con agradables baños en la piscina, adelante!.
el contrato establece obligaciones para ambas partes, si una de ellas incumple la solución está en la resolución del contrato , bien de mutuo acuerdo o por resolución judicial.cualquier otra medida no hace más que empeorar el asunto y dilatar la solución que no es otra que el requerimiento de pago por burofax y si transcurrido un mes no hanpagado , la demanda judicial.
lucía blanco
lblanco@serviciosjuridicosonline.com
Aunque razón no te falta te diria que te concentraras en la demanda de deshaucio, sobre todo si en el contrato no hay ninguna clausula al respecto, lo unico que conseguiras es perder tiempo que quiza es lo que quiere tu inquilino.
Hoa Nicolás:
La respuesta a su pregunta es negativa. Junto con la vivienda también cedió el uso de las instalaciones de la misma(incluida la piscina).
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
email:: armandogarcia@ical.es
http://letradosalquileres.es.tl