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Cuando llega el ultimo mes que van a vivir no me pagan me dicen que a cambio de la fianza que puedo hacer? Yo no me niego a devolver la fianza pero creo que no debería de hacerse asi si es asi la fianza no vale para nada.
Por lo que veo, el tuyo es un problema que se da con bastante frecuencia en la práctica, por ello de la forma más comprensiva posible voy a intentar darte mi modesta opinión, la finalidad de la fianza nunca va encaminada a satisfacer el impago de una cuota, por lo que de momento el arrendatario está incurriendo en un incumplimiento contractual, pero también es cierto que ya no le importa porque se va, por lo que mi consejo, ajeno siempre a los tribunales ya que el problema se puede subsanar siempre mediante el dialogo bajo mi punto de vista y acudir a los tribunales cuando no nos quede otra, por lo que te aconsejo que deduzcas los gastos mutuamente acordados de luz y agua, así como algún desperfecto si lo hubiere y después mediante burofax lo requieres para el importe que devenga a tu favor, hecho esto si existire sobrante vas al juzgado consignas la cantidad y formulas una reclamación de deuda de menor cuantia ( monitorio), tienes los impresos ya en el juzgado a falta de rellenarlos y sin necesidad de gasto alguno de abogado, por lo que con toda la documental que tengas para acreditar el incumplimiento, se lo reclamas, sino tienes otras vias igualmente indemnizables pero costosas y no te las sugiero ( acto de conciliación previo, si no se allana, demanda etc....), entiendo que lo que menos te debe de apetecer es entrar en un pleito civil por una cantidad que entienndo escasa.
un saludo
Avanti, estoy contigo, completamente de acuerdo.
En una ocasión alquilamos un piso con una instalación eléctrica defectuosa que ni siquiera hacía saltar los plomos en caso de sobrepasar la potencia contratada, así que íbamos contando los watios que teníamos enchufados porque si no se fundía el diferencial de la escalera y nos quedábamos sin luz hasta que viniera el casero a "arreglarlo" al día siguiente o a los dos días.
Se les dijo muchas veces a los dueños que por culpa de la instalación se nos habían roto aparatos y no dejaban de fundirse bombillas y demás pero pasaban de nosotros.
Al finalizar el contrato querían cobrarnos algunos aparatos eléctricos y las bombillas fundidas (cuando nosotros habíamos repuesto un montón de ellas y se les había avisado del problema desde la primera semana que estuvimos allí) y encima nos hicieron pagar un cristal del balcón que se había roto por un temporal y que el seguro ya se lo pagaba a ellos; es decir, que lo cobraron por duplicado.
Por eso tampoco acepto pisos con fianzas demasiado elevadas, porque para mí está bastante claro que el propietario puede tener intención de sacarle beneficio.
Saludos.
"Tiene el arrendador un mes para la devolución de la fianza deduciendo de ella el importe de los desperfectos,consumos pendientes (lectura contador),. Previa presentación de facturas. En este caso al redactar el documento figura la conformidad en desperfectos, averias,. Reservándose ambos cualquier derecho a que hubiere lugar. Posteriormente con el piso en su poder puede por juicio monitorio reclamar la mensualidad de renta sin necesidad al principio de abogado ni procurador para deudas menores de 600 euros. Le informan en el juzgado, es una simple petición. saludos"
Cada vez son más los caseros que se quedan con la fianza con cualquier pretexto o engaño, a los inquilinos quien nos defiende?. En mi caso en cuanto entro a un piso que he alquilado lo fotografío y filmo, uno aprende, y aún así...
Hay caseros sin vergüenza, que se apropian de la fianza sin razón para ello (es decir, con el inmueble igual ó incluso mejor que cuando lo alquilaron). Por eso hay quienes (me lo estoy pensando tras una apropiación indebida anterior de mi dinero por el arrendador) no pagan el último mes. Hay que añadir que, al menos en Toledo, los que alquilan no depositan el dinero de la fianza en el organismo público correspondiente y se lo apropian, indebidamente.
Hola,
A mí me pasó una vez, y como la ley resulta lenta, lo que hago es pedir una fianza suficientemente superior a la mensualidad, de modo que si les da por no pagar, al menos me cubra recibos y desperfectos. Si al final no tengo problemas con ellos, devuelvo la parte que les corresponda, y listo
He aprendido con los años, que el que no pueda permitirse cumplir unas condiciones económicas para entrar en mi casa, es mejor que se vaya a otro lado a compartir gastos con más compañeros. Hay gente muy inconsciente, que aunque tiene voluntad de pagar, no sabe vivir dentro de sus posibilidades económicas.
Hola:
Errores encontrados:
1º) "si no te lo pagan puedes demandarles por impago y iniciar el deshaucio. "
no habría lugar al desahucio, sino a una demanda de reclamación de rentas vencidas y no satisfechas.
2º) "asique te recomiendo que le hagas entender a tu inquilino que legalmente no se puede cobrar el mes de la fianza, y que incurririas en un delito si lo hicieses,"
¿un delito de apropiación indebida? . De cada 100 denuncias serían archivadas 99.
3º) "posteriormente con el piso en su poder puede por juicio monitorio reclamar la mensualidad de renta sin necesidad al principio de abogado ni procurador para deudas menores de 600 euros"
600 euros? . Madre mia. Quien tenga interés que lea los artículos 812 a 819 de la Ley de Enjuiciamiento Civil para comprobar la enormidad del error.
Año nuevo, viejos errores.
Un cordial saludo
No dices si te lo comunicaron por burofax con acuse de recibo y certificación de texto ( 25 euros aprox. Por correos) 30 dias antes de finalización de anualidad o prórroga. si no te lo comunicaron así ( de forma fehaciente),notarial, se prorrogó el contrato por un año más y si se marchan sería incumplimiento de contrato. Si así fuera podrías reclamar el resto de rentas dejadas de percibir hasta final del año siguiiente o hasta que volviera a estar alquilado. Harias entrega de llaves y una vez el piso en tu poder, juicio ordinario por incumplimiento de contrato. indemnización por daños y perjuicios. saludos,
Si hubo comunicación fehaciente del término del contrato el último dia, aunque no te haya pagado, os reunís revisais el piso, desperfectos, averias,entrega de llaves, . Firmais el documento de entrega de llaves en el que haceis constar la devolución de la fianza descontando los importes de desperfectos, faltas, consumos pendientes,. previa presentacion de las facturas, Reservándoos los derechos a que hubiere lugar. Firmariais ambos con copia para cada uno. posteriormente por juicio monitorio puedes reclamar la deuda, sin abogado al principio, si es menor de 600 euros. Si de los desperfectos no hubiera nada que deducir figuras que devuelves el importe íntegro de la fianza, cobrando atrasado el importe de la última renta. Lógicamente estais a la par. saludos,