Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
El futuro inquilino lo necesita para ese tiempo.
Hola gregoria:
coincido con mi compañero Pedro y le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández.
Si en un contrato de temporada (con sus requisitos) no hay problema.
si es un contrato de arrendamiento de vivienda se puede hacer por un año y el inquilino podrá marcharse al finalizar el año o prorrogar, si quiere, por un año más hasta las 5 anualidades.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es