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Hola.
Firmé hace poco el contrato de alquiler y ponía en una de las clausulas que el casero podría entrar acompañado de algun vecino en caso de avería en la casa, tipo, inundacion, etc.
Le estoy autorizando a que entre cuando quiera o a que se me niegue el derecho a cambiar de bombin de la llave?
En principio no tengo motivos para pensar que va a venir a mi casa a husmear, pero si lo hace, podría evitarlo o tendría derecho a venir a casa cuando le diera la gana?
Muchas gracias!
Sr. Beltran, por supuesto que puede cambiar la cerradura, de hecho quien entra en una vivienda y no la cambia esta cometiendo un grave error, la llave de tu casa sólo la tiene quien tu quieres.
Cuando entras en una vivenda te dan, normalmente una llave y el inquilino debe cambiar el bombín para su seguridad y después al entregar la vivienda, debe de entregar otra vez la llave y ya esta.
Al propietario no ha que pedirle permiso para nada de la vida ordinaria, sólo en caso de querer hacer obras, pero no para colgar un cuadro, por ejemplo.
Respecto a la pregunta, claro que el propietario puede entrar en caso de averia, pero será cuando tu lo llames y junto a un técnico, y la puerta se la abres tu a ambos.
Discrepo de la respuesta del compañero Javier R. El inquilino puede cambiar la cerradura sin el consentimiento del propietario, y de hecho, hacerlo es incluso una medida prudente pues si se trata de una vivienda de alquiler, se desconoce cuántas personas pueden tener copia de la misma.
Ahora bien, ese mismo inquilino debe guardar el bombín antiguo, y reponerlo al finalizar el arriendo.
Por último, independientemente de lo que figure en el contrato, el propietario sólo puede entrar en la vivienda habitual del inquilino con su permiso expreso.
Saludos cordiales.
No estoy del todo de acuerdo con lo dicho:
-Solo puede entrar en tu casa si es vivienda habitual con tu conocimiento y consentimiento. La claúsula de tu contrato que aduces se refiere a casos muy excepcionales y que en caso de que entrara en tu domicilio sin tu consentimiento bajo la facultad que le atribuye dicho contrato, sería denunciable, sino acredita que de verdad ha existido una gran avería y era necesario.
-No puedes cambiar la cerradura de la vivienda, necesitas para ello el consentimiento del propietario.
El domicilio es inviolable, da igual que sea en propiedad o en alquiler; es un derecho frente al cual el propietario es como cualquier otro individuo: es ninguna excepción por el hecho de serlo.
Puedes cambiar la cerradura ahora mismo si quieres. Lo que has firmado, que no es nada extraño porque lo dice la ley, es que le permitirás el paso si se da la situación que describes. Pero que le permitirás el paso, no que entre él a su libre albedrío.
saludos - Papeleos Alquiler.