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Malgrat de Mar

casero/a

¿Puede el inquilino pagar el alquiler con la fianza?

La inquilina me avisa que no puede pagar el alquiler y que lo cobre de los dos meses de fianza. Se marchará 30 de septiembre y no me pagará. La aviso que en el contrato hay una clausula que lo especifica pero ella contesta que no puede pagar. ¿Es legal? No estoy de acuerdo con esta decisión pero hay que firmar que renuncia al contrato y se marcha el 30 de septiembre y para ello tengo que incluir que los dos meses van a cargo de la fianza. Podeis aconsejarme? Muchas gracias.

  • Preguntado por: Malgrat de Mar
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
Alberto Oteiza ha sido el primero en contestar
Alberto Oteiza ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Malgrat de mar, no existe obligación de entregar el piso ni pintado ni limpio, de hecho eso es desgaste por uso, con lo que es cosa del arrendador.

    Tener un piso para arrendar no significa que no tengsa que cuidarlo y que te suponga tb algún gasto. 

    Puedes alquilarlo sin pintar, tampoco hay obligación de pintar la vivienda al empezar un arrendamiento, pero quizá te cueste más alquilarlo. Es tu decisión.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Malgrat de Mar

    casero/a

    Muchas gracias por vuestras respuestas. Después de dos meses la inquilina se marchó sin pagar los dos últimos meses. Los dejó a cargo de la fianza. Ha vivido un año y diez meses y el piso está muy sucio y necesita una capa de pintura (como la que yo le di al entregar el piso). He recuperado el piso sin desahucio pero en malas condiciones.

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Malgrat de Mar Existe el viejo truco,que para recuperar la señal,el inquilino dice que no puede pagar, que está en paro, que tiene dos niños pequeños ... que bla..bla...bla. ¡ojo! el casero JAMÄS debe caer en esa trampa, está prohibido por ley emplear la fianza como pago de cualquier mensualidad, además , hay que tener en cuenta que todas las garantías se devuelven a los 30 días de recibir la vivienda. Para poder finalizar un contrato hay que estar al día, avisar 30 días antes de cualquier cumpleaños y firmar un documento de recogida de llaves en el que se debe poner las deficiencias que existan. Si admites que no te pague los dos ultimos meses , qué tienes como defensa?

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Cuando no te paga, reclama el alquiler mediante burofax, y con eso podrás acudir a un juicio monitorio, que no se necesita ni abogado ni procurador.

    Cuando se finaliza el alquiler es inexcusable firmar un documento de finalización de contrato y entrega de llaves. En dicho documento tienes que dejar reflejado lo adeudado, el estado del piso y si hay alguna reparación que hacer y la numeración de los contadores de suministros.

    Si no lo firma, le adviertes que el contrato seguirá vigente, y podrás reclamar las rentas mediante el proceso monitorio.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Alberto Oteiza

    casero/a

    Hola, llevas toda la razon la fianza es para pagar los suministro del piso luz, agua, gas, etc y tambien si hay un desperfecto en el piso

    pero visto lo visto que ella te dice que no tiene dinero, yo la dejaria que se fuera que te pague los sumistro del piso y firmar la carta de fin de contrato

    y dar las gracias que no se quede en el piso sin pagarte y tu tener que contratar a un abogado y un procurador e iniciar un desahucio

     facilmente tendrias el piso parado como minimo mas de 6 meses, despues se declararia insolvente y tu tendrias que pagar todas las costas y a saber cuando podrias recuperar el dinero

     echa calculo que es lo mas ventajoso para ti

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