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Isabe

inquilino/a

¿Puede un heredero, alquilar una propiedad sin autorización de los legitimarios?

 

Se trata de una casa que se ha recibido como parte de una herencia, los familiares, a quiene nos corresponde la legitima, nos hemos enterado de que el heredero universal ha alquilado la propiedad. Queremos saber se es legal hacerlo son nuestra firma. 

 

  • Preguntado por: Isabe
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Crazyh ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    No solamente es legal, sino que no vais ni a ver un duro de lo que cobre por alquiler. Lo sé por experiencia propia

    Ayuda a cambiar el mundo!

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

     

    Cito a Juan:

    Basta la mayoría del art. 398 del Código civil, que se fija en más del 50 por 100 de propiedad, no de propietarios. No obstante, conviene que el alquiler no tenga una duración superior a cinco años para que sea considerado un a ct o de administración.

    Fuente 

    cito a e. Llarena:

    El arrendamiento es un acto de administración, no de disposición, por lo que puede ser realizado por alguno de los propietarios, sin el consentim i e n t o    De los demás. El propietario que no consiente el alquiler podrá pedir la resolución del alquiler en el juzgado, pero solamente tendrá posibilidades de éxito si demuestra un f-r-a-u-d-e (renta muy baja o periodo de alquiler muy largo). En caso contrario solamente puede solicitar su parte de la renta.  

    eduardo Llarena a su disposición para lo que pueda necesitar,
    www.asistencialegal.net 
    puede ver más en mi blog asistencialegal1.blogspot.com

    Fuente 1:  Fuente2...

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

     

    Cito a Juan:

    Basta la mayoría del art. 398 del Código civil, que se fija en más del 50 por 100 de propiedad, no de propietarios. No obstante, conviene que el alquiler no tenga una duración superior a cinco años para que sea considerado un a ct o de administración.

    fuente: http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/legislacion-alquiler/un-local-varios-propietarios-alquilado-consentimiento-todos-ellos_10554.html

     

    cito a e. Llarena:

    El arrendamiento es un acto de administración, no de disposición, por lo que puede ser realizado por alguno de los propietarios, sin el consentim i e n t o    De los demás. El propietario que no consiente el alquiler podrá pedir la resolución del alquiler en el juzgado, pero solamente tendrá posibilidades de éxito si demuestra un f-r-a-u-d-e (renta muy baja o periodo de alquiler muy largo). En caso contrario solamente puede solicitar su parte de la renta.  

    eduardo Llarena a su disposición para lo que pueda necesitar,
    www.asistencialegal.net 
    puede ver más en mi blog asistencialegal1.blogspot.com

    fuente: http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/legislacion-alquiler/propietarios-denuncia-alquiler-ilegal...

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

     

    Cito a Juan:

    Basta la mayoría del artículo 398 del Código civil, que se fija en más del 50 por 100 de propiedad, no de propietarios. No obstante, conviene que el arrendamiento no tenga una duración superior a cinco años para que sea considerado un acto de administración.

    fuente: http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/legislacion-alquiler/un-local-varios-propietarios-alquilado-consentimiento-todos-ellos_10554.html

     

    cito a e. Llarena:

    El arrendamiento es un acto de administración, no de disposición, por lo que puede ser realizado por alguno de los propietarios, sin el consentimiento de los demás. El propietario que no consiente el alquiler podrá pedir la resolución del alquiler en el juzgado, pero solamente tendrá posibilidades de éxito si demuestra un fraude (renta muy baja o periodo de alquiler muy largo). En caso contrario solamente puede solicitar su parte de la renta.  

    eduardo Llarena a su disposición para lo que pueda necesitar,
    www.asistencialegal.net 
    puede ver más en mi blog asistencialegal1.blogspot.com

    fuente: http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/legislacion-alquiler/propietarios-denuncia-alquiler-ilegal-local-p...

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