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Soy el propietario de una vivienda alquilada y yo me encargo de pagar las cuotas de comunidad. ¿Se pueden desgrabar dichas cuotas en la declaración de la renta de este año?
También He tenido que reponer unos muebles en la misma vivienda, un sofá y varias mesas. ¿Se pueden desgravar??
Gracias
Es verdad. Entonces lo que dice pholmo.
Aunque el consultante aparece como inquilino en realidad es casero segun sus palabras y su pregunta debe interpretarse en el,sentido de si puede considerar gastos deducibles las cuotas de comunidad y la compra de muebles para la vivienda arrendada.
Pues bien las cuotas de Comunidad si las paga el,casero son gasto deducible y la compra de muebles debe practicarse amortización sobre ellos.
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joluza: puede Ud. desgravarse la renta que figure en el contrato de arrendamiento (siempre y cuando la pague realmente). Si por ejemplo su contrato dice que la renta son 400 y la comunidad 40 y Ud. las paga, entonces puede desgravarse esos dos conceptos.
Los muebles no, porque no son parte de la renta.