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El propietario de la finca ha enviado a los inquilinos un carta por la que comunica que va a pasar un recibo por los gastos habidos en la finca por mantenimiento y obras durante el 2010. El reparto lo hace a partes iguales, aunque los pisos alquilados son de distinto tamaño. Es legal que las obras las paguen los inquilinos?. Por otra parte en caso de serlo, creo que desgrava las obras en la finca, si las pagamos los inquilinos la factura nos la tendira que el propietario?.
Esto es lo que dispone la LAU: Artículo 19. Elevación de renta por mejoras
1. La realización por el arrendador de obras de mejora, transcurridos cinco años de duración del contrato, le dará derecho, salvo pacto en contrario, a elevar la renta anual en la cuantía que resulte de aplicar al capital invertido en la mejora el tipo de interés legal del dinero en el momento de la terminación de las obras incrementado en tres puntos, sin que pueda exceder el aumento del 20 por 100 de la renta vigente en aquel momento.
Para el cálculo del capital invertido, deberán descontarse las subvenciones públicas obtenidas para la realización de la obra.
2. Cuando la mejora afecte a varias fincas de un edificio en régimen de propiedad horizontal, el arrendador deberá repartir proporcionalmente entre todas ellas el capital invertido, aplicando, a tal efecto, las cuotas de participación que correspondan a cada una de aquéllas.