Puede realizar usted mismo el cambio. Únicamente necesita los datos del anterior titular y los del nuevo. Con respecto a los recibos que usted ha pagado, se los puede repercutir al inquilino, ya que en una de las cláusulas de su contrato debería de poner que el inquilino se obliga a satisfacer los gastos, de agua, luz.... asi como cualquier medio medido por contador.
Un saludo,
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