Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
De este modo mi hijo recibiría en su cuenta las mensualidades del alquiler. ¿ sería legal a nivel de hacienda? que consecuencias tendría para mi como propietaria, para mi hijo, como beneficiario del alquiler mensual y para el inquilino? Gracias
Sería el mismo supuesto que si Ud. le "regala" a su hijo la mitad de su sueldo todos los meses. Desde un punto de vista estrictamente legal, deberían declararlo como una donación y tributar por ello (otra cosa es lo que vayan a hacer en la práctica).
Entonces, declaramos los ingresos del alquiler dos veces, yo como propietaria y mi hijo como beneficiario?
A efectos fiscales, lo que pretenden tendría la misma consideración que si cobrara Ud. la renta y acto seguido se la donara a su hijo.
Por tanto, tendrá que declarar Ud. los ingresos derivados del arrendamiento de ese piso, con independencia de que sea su hijo el que los cobre (y sin perjuicio de las posibles repercusiones fiscales en caso de que su hijo no declare a su vez dicho ingreso).
Al contrario, esos alquileres se imputan al propietario, a vd, que es quien debe declararlos.
Entonces es legal?mi hijo tendría que declarar estos ingresos por el alquiler de un piso que no es de su propiedad?
Puede hacer como dice pero ello no implica que Hacienda (AEAT) le impute a vd esos alquileres y sea vd quien debe incluirlos en su declaración de IRPF con las deduciones y reducciones que le correspondan.
En mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).