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nuria66

casero/a

Soy propietaria, hice una reparacion de la bomba de calor que me costó 600 euros, segun el inquilino la tenía que pagar yo

No tengo claro que era mi responsabilidad. Ahora que se va del piso ¿me puedo quedar esa cantidad si era el inquilino quien tenía que pagar? Cuando ocurrió el tema de la reparación ya llevaban en el piso 6 meses.

  • Preguntado por: nuria66
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
Jaime Feiner Alonso ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • adria

    casero/a

    Manuel Jesus, totalmente de acuerdo con Amparo BB, además los contratos verbales tienen la misma validez que los escritos, porque para una reparación no?

    • Respondido por: adria
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Manuel José... lo del burofax es un legalismo necesario cuando el arrendador se hace el loco.

    A mi JAMÁS han tenido que enviarme un burofax.

    Llevo alquilando viviendas desde 2000 y NO SÉ lo que es recibir un burofax en el que me pidan que repare algo, y reparaciones ha habido que hacer. Pero si te lo dicen y tú sabes que hay que hacerlo...y lo haces... ¿Por qué obligar a la gente a poner un burofax con la pasta que cuesta?

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • //Mfan

    inquilino/a

    A pesar de todo, creo que 600€ no es lo que se podría considerar una pequeña reparación que es lo que la LAU especifica respecto a los arreglos a acometer por el inquilino.

     

    • Respondido por: //Mfan
    • Hace 15 años
  • manuel josé

    casero/a

    De  todas formas  el arrendatario  siempre tiene que hacer una comunicación  fehaciente, es decir, comunicar por burofax con acuse de recibo  las incidencias o defectos en la vivienda.  No vale de palabra ni email,.....

    Saludos,

  • Jaime Feiner Alonso

    profesional

    No juegue con fuego ya que podría meterse en un problema. De entrada no puede aplicarlo con carácter retroactivo y en segundo lugar nadie puede abrogarse la retención de la fianza cuando no hay motivos fundados ya que puede ser demandado judicialmente por ello (inclusive por via penal por apropiación indebida, asi que cuidado).

    Respecto de la reparación en su momento se tendría que haber comprobado a que respondía la reparación, en el caso de mal uso hubiera correspondido al arrendatario al igual que el desgaste debido al uso, pero en el caso de que sea problema de mantenimiento de la instalación el problema es del arrendador.

    De todos modos, como ya le he indicado, a toro pasado ya no puede volver atrás por cuanto no sería lícita esa actuación.

    Un cordial saludo

    Jaime Feiner

    j.feiner.catocc@gmail.com

     

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