Si no lo ha hecho ya debería reclamar por escrito fehaciente, burofax, la reparación a la dueña, dando un plazo de ejecución de la reparación en ese escrito deberá considerar si le interesa continuar el arriendo, en cuyo caso deberá manifestarle que va a llevar a cabo la reparación a su costa, o si no le interesa continuar, pasado el plazo considerará incumplido y resuelto el arriendo reservándose el derecho a reclamar daños y perjuicios.
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