Buenos días,
Siguiendo las respuestas de mis compañeros, indicar: 1) No es obligatorio que nadie le prepare el contrato, pero sí altamente aconsejable. En este sentido, si Ud. no es fontanero, no se pondrá a cambiar las tuberías de su casa, por lo que si no es abogado, no debería ponerse a redactar contratos.
El abogado no solo le redactará el contrato, sino que le informará de sus derechos y obligaciones como arrendador (alquila el piso por 3 años, tiene obligación de mantener el inmueble y hacer reparaciones, etc.)
2) Si se lo va a encargar a un tercero, lo importante es que sea un abogado especializado. Las gestorías muchas veces atienden otro tipo de cuestiones y no tienen la práctica necesaria para defender bien sus intereses. Adicionalmente, no es necesario que el gestor sea un abogado.
3) Deberá presentarlo en el organismo autonómico correspondiente para depositar la fianza arrendaticia y deberá declararlo en su declaración de la renta como rendimientos del capital inmobiliario.
4) Le aconsejo que lea esto:
http://blog.desalvador.es/arrendamientos/10-consejos-arrendador/ Un saludo,
www.desalvador.es