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Un piso alquilado a dos personas, una se marcha y la que queda mete a otra, que no comunica previamente al arrendador, luego dice que no da su parte a la persona que quedó y que figura en contrato, y por lo tanto no puede pagar al arrendador. ¿Puede éste rescindir el contrato faltando dos meses para cumplir el primer año de contrato?
Un matiz, usted no puede desahuciar por subarriendo si no tiene constancia del cobro de su inquilino y a eso seguro usted no tendrá acceso y para denunciar eso hay que tener pruebas, iniciar un proceso de desahucio no es un jueguito de parchís, y además se ha de tener en cuenta que se puede perder y con ello también pagar costas y todo lo que se genera. Eso de demandar a tun tun no le dará más que problemas. Espere a que le deban 2 meses que con el tiempo también los cobrará porqué si no el inquilino siempre puede hacer movimientos para desestimar un desahucio.
Tú no puedes rescindir el contrato, pero puedes pedir al juez que lo haga. ¿Cómo? Según lo que cuentas poniendo una demanda de desahucio por subarriendo (salvo que lo hubieras permitido por escrito) o, si realmente dejan de pagarte (en cuanto pasen 15-20 días) por impago.
Necesitarás abogado y procurador, pero si dejan de pagarte actúa pronto porque cuanto más tiempo pase más difícil será cobrar.
Saludos - Papeleos Alquiler
No, ni tampoco puede rescindirlo después, ha de esperar cinco años que es el plazo legal aunque usted haya puesto en el contrato solo un año, usted no puede hacer nada hasta que hayan transcurrido los 5 años legales siempre y cuando le paguen el alquiler si no lo hacen usted puede desahuciarlos y que un juez le devuelva la casa, ahora no es suya por 5 años