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Elena Allen

inquilino/a

¿Pueden poner a la venta un piso alquilado con contrato por 1 año cuando se han comprometido a no hacerlo?
Cuando hicimos el contrato de alquiler por 1 año, el dueño se comprometió conmigo en que, al menos por un año, no lo pondría a la venta y estos días he visto el piso anunciado en varias web. Eso es denunciable?

¿Es que los inquilinos siempre estamos expuestos a lo que los caseros les de la gana hacer con nosotros?
  • Preguntado por: Elena Allen
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Antonio Postigo ha sido el primero en contestar
  • Antonio Postigo

    profesional

    Estimada Elena, como usted vendrá observando en las preguntas y respuestas de esta sección, una cosa es lo que fija o dispone el derecho, otra distinta lo que cada uno entiende que dice y aún hay una tercera que es la que a cada uno estima que pactó.

    A todo lo anterior puede añadirle que incluso lo dispuesto por la ley está luego interpretado por los jueces, con sentencias que escapan a la lógica de quienes no somos juristas (aprovecho para recordar que no soy abogado y mis respuestas se basan en la experiencia profesional).

    Y por si pocas cosas a tener en cuenta, también cuenta el coste de hacer valer los derechos de cada uno, que en más de una ocasión convierten en inviables reclamaciones justas; so pena de incurrir en costes superiores a lo que uno reclama.

    Volviendo a su pregunta, y para su tranquilidad, le comento lo siguiente:

    1.- En teoría no es necesario acceder a su vivienda para venderla, no pocas veces se han hecho operaciones de compra sin visitar con detalle el inmueble. Sin embargo, y sobre todo en estos tiempos, dudo mucho que nadie en su sano juicio compre sin visitar previamente una propiedad. Hay miles de ofertas en el mercado, y seguramente prefieran algo sin líos y/o ocupantes.

    2.- En el muy improbable caso de que se vendiera esa vivienda, a usted le asiste el derecho de tanteo (están obligados a ofrecerle a usted la propiedad), e incluso una vez vendida le asiste el derecho de retracto (posibilidad de ocupar el lugar del nuevo comprador en las mismas condiciones que se comprara).

    3.- Quien comprara la vivienda habría de respetar al cien por cien su contrato de arrendamiento, y simplemente ocuparía el lugar del anterior propietario. Por lo tanto su situación como inquilina permanece "tal cual", sin el menor cambio.

    Algunas preguntas, y sus respuestas, han dado lugar a extensos debates sobre los comportamientos de algunos inquilinos, agencias, propietarios, abogados, vecinos, asesores espontáneos, etc., y cada uno tiene su punto de vista fruto de su experiencia personal, y de las personas que (para bien o para mal) se relacionaron con ellos en el momento de pactar un alquiler.

    Lo mejor es recoger todo lo pactado por escrito, y así las valoraciones personales quedan fuera del negocio que sea. Se gana en tranquilidad.

    Un saludo.
  • Elena Allen

    inquilino/a

    Hola Pholmo, Hola apostigo.....gracias por vuestra respuesta.

    No consta por escrito la no venta del piso durante este año, pero me dio su palabra delante de 3 personas más.

    Y supongo, que si el piso se vendiera, 1) tendrán que enseñarlo y por ende, abrir "mi casa"para ello 2) me echarían del piso en cuanto cerrasen la venta, no?

    Como comentario personal, la falta de moral y el trato que recibimos algunos inquilinos, que somos gente respetable, me parece indigno. Esto es actuar por la espalda y hacer lo contrario de lo que se ha dicho. En mi casa jamás me enseñaron a ser un ser humano como ese. Es inaudito .... no llevo ni un mes en el piso y es así como incumplen la palabra .... sin comentarios
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Salvo que ese compromiso de no vender conste por escrito, carece de eficacia, en todo caso tienen derecho mientras permanezca vigente el contrato a la adquisición preferente mediante el tanteo y en su caso el retracto.

    Pedro Hernández del Olmo, abogado
    Redacción de Contratos de Alquiler
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • Antonio Postigo

    profesional

    La intención de vender la propiedad, e incluso si tuviera éxito en ese intento, en nada altera su situación como inquilino. Su contrato no se interrumpe ni cambia porque la propiedad se venda.

    No veo motivo de denuncia alguna, si con esa actuación su situación no se ve alterada.

    Un saludo.
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