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Siempre y cuando el nuevo permutador o comprador respete el contrato que mantengo con mis inquilinos. Muchas gracias de antemano.
Hola Jmar:
Si el contrato concede al arrendatario la opción a compra no podrá vender la vivienda a un tercero hasta que tal opción haya prescrito, y más si el contrato se inscribió en el Registro de la Propiedad.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
http://letradosalquileres.es.tl