Si alquilo mi piso como oficina, a parte de tener que hacer factura con IVA por la renta mensual, ¿qué otras gestiones tendré que hacer? Gracias
Preguntado por:
Leo
Hace 16 años
Categoría: Caseros
Respuestas (3)
enAlquiler ha sido el primero en contestar enAlquiler ha sido elegida Mejor Respuesta
Antonio Postigo
profesional
Tus obligaciones son las de cualquier arrendador y además las referentes a la gestión del IVA:
1.- Alta en el censo de IVA (si te diriges a la Administración de Hacienda que te corresponda los trámites son sencillos y los puedes hacer sin necesidad de gestoria).
2.- Declaración trimestral de IVA y resumen anual de IVA, este último en el mes de enero.
3.- Si actúas como persona física y tu inquilino es un profesional o empresa, al ser oficina casi seguro que lo es, te tendrá que aplicar una retención en el alquiler del 18 %. Y al final de cada ejercicio habrá de entregarte un certificado en el que conste algo parecido a esto " a lo largo del ejercicio tal te pagó un total de xxx y te practicaron una retención de YYY euros..."
Esas retenciones tienen la consideración de pago a cuenta del IRPF y las debes hacer figurar en tu declaración de la renta del ejercicio que corresponda.
Cada mes, en lugar de emitir un recibo lo que emites es una factura.
En esa misma factura ya recoges la retención del 18% que te van a practicar.
Gracias por contestar pero no me refería a qué hacer con respecto la comunidad de vecinos, sino administrativamente: aparte de pagar el IVA, qué otros impuestos hay que pagar o qué medidas administrativas hay que tomar
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