Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Buenas tardes
He tenido mi piso alquilado y siempre lo he declarado como vivienda.El inquilino no me informo que lo fuera a utilizar como vivienda y oficina (tampoco se si lo ha hecho pero tengo mis dudas).En el contrato no se indico en ningun momento que fuera a ser utilizado como oficina.Entiendo que para este uso se me tenia que haber informado ya que creo que la forma de declararlo.por mi parte hubiera tenido que ser de otra forma.
Ruego me aclaren esta duda.Gracias de antemano.
wasari: estoy de acuerdo con el compañero PHOLMO.
Según el art. 20.1.23.a) de la Ley del IVA el arrendamiento de edificios está exento de IVA sólo si se dedica exclusicamente a vivienda. La Ley no menciona prorratas ni nada por el estilo.
Pero si el inquilino dedica la vivienda a un uso no pactado, se le puede desahuciar por este motivo, y en ese caso, si Ud. da los pasos correctos, no veo que tenga por qué declarar un IVA por una maniobra unilateral del inquilino que no puede tener la virtualidad de modificar el contrato de vivienda que Ud. suscribió con el.
Mas que la forma de declararlo es que un alquiler de oficina está sujeto a IVA, de todas formas si el contrato es de vivienda y está bien hecho el inquilino no puede utilizarlo como oficina sin incurrir encausa de desahucio.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/