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para desalojar a un inquilino alegando necesitar el piso para mi hija, como debo proceder, simplemente comunicándolo por carta y dejando los 2 meses, o debe intervenir un abogado
Solo lo podrá recuperar al cumplir el contrato, o de común acuerdo con el arrendatario (indemnizádole).
A no ser que en el contrato se haya hecho constar expresamente la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial (art 9.3 LAU 1994).
Si lo hizo constar, deberá notificarselo por burofax con certificación de texto o mediante carta firmada por el arrendatario de su intención de hacer valer dicha cláusula.
Saludos
Oscar
Debe proceder de la siguiente forma:
Primero debe esperar a que se cumplan 4 años y 11 meses desde que se firmó el contrato.
Luego debe enviarle un burofax al inquilino diciéndole que no desea renovar el contrato y que, al cumplirse 5 años, desalojen la vivienda y entreguen las llaves.