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Tengo alquilada una casa, la casa está en venta, en el contrato hay una cláusula que pone que desde el dia en que el propietario me avise de que la casa se ha vendido tengo un plazo de 30 días para abandonar la vivienda.
Mi pregunta es:
Mientras yo vivo en la vivienda (el contrato se me acaba el 31 de marzo de 2011), él puede, o la inmobiliaria en su defecto, venir a hacer visitas a la casa con posibles compradores? Aun y pidiendome permiso y yo estando dentro de la vivienda.
Ya que no me parece justo tener que estar aguantando visitas cada fin de semana de gente que quiera comprarla, porque dentro de esta vivienda en la que llevo viviendo 3 años estan todas mis pertenencias y considero que es mi intimidad y no me apetece que nadie tenga que venir a mi casa ni aun y yo estando dentro para hacer las dichosas visitas.
Debería esperar el propietario a que yo abandone la vivienda una vez el contrato finalice? O bien pedirle que si quiere hacer las visitas, que me rebaje a la mitad el alquiler por las molestias? Estoy obligada a permitir estas visitas?
Gracias.
En mi opinion tienes dos opciones para plantear al propietario y que el decida
1º Marcharte sin penalizacion ni perdida de fianza para poder alquilar el otro piso antes del 1 de febrero.
2º quedarte y no permitir visitas en Tu casa (que lo es mientras pagues el alquiler) hasta el final del alquiler ( cosa que ocurrirá el 31 de marzo de 2012 ó 2013 según el contrato sea de 2007 ó 2008).
independientemente de esto Tú y solo tú puedes rescindir el contrato notificandolo 30 días antes de cada 31 de Marzo.
Gracias Domus, pero la verdad es que yo no estoy interesada en adquirir la vivienda, lo que más me preocupa ya que me es muy incomodo y MOLESTO, es saber si estoy obligada a tener que dejar hacer las visitas o bien de la inmobiliaria o bien del propio propietario con posibles compradores mientras mi contrato este en vigor, porque como he dicho anteriormente, ES MI INTIMIDAD la que va a mostrar, no tan solo una vivienda...
Lo de los dos meses restantes de contrato si me preocupan ya que he encontrado una vivienda en la cual podria entrar a vivir el 1 de febrero y por esta zona es complicado encontrar viviendas hasta finales de abril... y no quiero perder la fianza...
Muchisimas gracias!
Tomo el hilo de tus preguntas y de las atinadas respuestas de Amparo: rescindir el contrato antes de que finalice el mismo o una de sus prórrogas, sí que entraña la pérdida de la fianza, y además el propietario podría reclamar el abono de las mensualidades restantes. También es cierto que por dos mensualidades no le compensará promover demanda judicial. Siempre podrás negociar con él, sobre todo si como dices se propone vender la vivienda y para ello tener la libertad de mostrársela a posibles interesados.
En cuanto a la disposición del contrato según la cual no tienes preferencia a la hora de comprar la vivienda, es nula y se tiene por no puesta, pues solo en contratos de duración inicial superior a cinco años es válida dicha renuncia. Valora por tanto si te interesa permanecer en el alquiler para ejercer el llamado derecho de tanteo y adquirirla por el mismo precio que pacte el propietario con el posible comprador.
Buenas Amparo, ante todo gracias por tu contestación tan rápida.
Comentarte que en el contrato tambien hay una clausula que pone que NO TENGO PREFERENCIA a la hora de comprar la vivienda.
El contrato que tengo es anual, ademas ya no tengo ganas de permanecer en la casa con todo este tema.
Si me voy ahora a falta de dos meses de finalizar el contrato por todo este tema, que ya no estoy agusto en la vivienda, el propietario podria penalizarme quitandome parte de la fianza? es que ya he encontrado otra vivienda y podria entrar el dia 1 de febrero... pero no quiero perder dinero.
Gracias d nuevo
Varias cosas.
Lo primerísimo es que sepas que tu contrato No termina al menos hasta el 5º cumpleaños del arriendo. Se venda el piso o no se venda tienes derecho a permanecer en él incluso aunque tu casero sea otro.
Respecto a la intención de tu arrendador de vender: Que lo venda si puede!
Nadie va a comprar sin VER. Y nadie puede VER si tú no permites la entrada. Cosa a la que estás en tu derecho.
Puedes decidir entre:
1 - Quedarte en el piso
El nuevo dueño sería tu nuevo casero. Si quisieras hacerle un favor a tu actual casero, puedes aceptar mostrar el piso un día al mes a posibles compradores. Como te he dicho, no tienes por qué hacerlo. ¿O sí? €€€€€
2 - Quedarte con el piso
Tambíén has de saber que si igualaras la oferta de compra de un terecero , tienes derecho de adquisición preferente , y podrías quedarte tú con la vivienda a ese mismo precio.
3 - Marcharte del piso
Si quieres hacerle aún un favor aún más grande, acepta marcharte, a cambio de una indemnización. Esa indemnización no está estipulada en ninguna parte. Tú pones la cifra y o te la paga, o te quedas hasta el 5º cumpleaños del contrato.
Eso sí en ese momento te irías sin ninguna indemnización.
Si decidieras irte y negociar la indemnización, no vayas a pedir menos que esto:
- Devolución de la fianza.
- Pago de la comisión de la agencia que te busque otro piso que te guste.
- Pago de la mudanza.
- Una indemnización en metálico de al menos el equivalente a un mes de renta por cada año que te quede de contrato, más el prorrateo del año en curso.
Saludos - Papeleos Alquiler