Para cobrar la luz y el agua deberás dividirlo y cobrarlo a cada inquilino. Si contratas habitaciones debes saber que el alquiler no se regirá por la LAU de 1994, si no por el Código Civil.
Respecto al contrato, mira lo que se dice en esta pregunta:
http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/legislacion-alquiler/contrato-alquiler-habitacion-pocas-palabras-sencillo_9401.html