Buenos días,
la ley no prohíbe directamente la tenencia de mascotas en un piso de alquilar: ni la Ley de Propiedad Horizontal, ni el Código Civil o el Penal citan de forma expresa esta prohibición.
Si no existe cláusula al respecto en el contrato de arrendamiento, por ley
puede convivir con animales en su piso. Pero ojo, el arrendador puede rescindir el contrato con el apoyo de la ley.si los animales causan desperfectos, ruidos o insalubridad&etc.
@opinionlegalbcn