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Tengo entendido que si alquilo el piso de año el año al cumplir dos años de alquiler puede que los inquilinos no haya manera de charlos, es eso cierto?
Hola rabida:
coincido con las respuestas anteriores.
reciba un cordial saludo.
Solo un profesional puede redactar un contrato en el que se dejen muy claros los derechos y obligaciones de las partes, las posibilidades de recuperacion de la vivienda y las garantías en caso de impago, asi como la representacion en caso de tener que acudir a un desahucio.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
Si alquila su piso como vivienda permanente y por 12 meses, su inquilino puede permanecer en la vivienda hasta cumplir tres años.