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Buenas noches queria saber si puedo pedir una indenmización a mi casero por lo siguientes cosas, tener humedades grandes en la viviendas no tener agua caliente y no tener servicio de ascensor llevo a si 2 meses. muchas gracias.
Varias veces se le a solicitado a mi casero y me das largas.
Y los pasos que tendria que hacer.
Coincido con el señor PHOLMO, todo depende del color del contrato que se firme... Lo del ascensor no depende de tu casero, deberías poner una queja al presidente de la comunidad, pero como los temas de la comunidad se resuelven por mayoría, si la mayor parte de los vecinos no quiere pagar para arreglar el ascensor no puedes hacer nada (ni tu casero), no es ilegal tener un ascensor que no funcione...
Las humedades se pueden reparar, esto si corre a cuenta de tu casero, quien es responsable de buscar al culpable del problema y hacer que lo solucione. En caso de que el problema venga de tu piso también es problema de tu casero.
Respecto al agua caliente, si en tu contrato no está establecido que el piso disponga de ella, lo tienes crudo porque entonces eso debes ponerlo tu. Si existe calentador pero está roto, el arreglarlo corresponde a tu casero si está estipulado en el contrato, sino es cosa tuya. Cuando viste el piso debiste preguntar si el calentador funcionaba...
Las humedades dependiendo de su entidad deben ser subsanadas, la falta de agua caliente y servicio de ascensor habrá que considerar si está previsto en el contrato y si es responsabilidad del arrendador o de la Comunidad, en definitva debe recordar que en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial de técnico competente en la materia y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. Si para ello se ve precisado a acudir a la vía judicial necesitará Abogado y Procurador.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
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