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¿Qué normativa lo regula? Gracias.
Solo añadir que las costas procesales que Ud. recupere, en el caso de que lo haga, pues inquilinos insolventes hay a montones, no tienen por que coincidir con los honorarios particularmente pactados con su letrado.
Pedro Martinez
Abogado
Estimado/a Ramiglez
Estoy completamente de acuerdo con Jan Abogado. Una vez la parte contraria deposite las costas a las que ha sido condenada, recuperará los honorarios del letrado, que salvo pacto en contrario, entre su letrado y usted.
Sg Abogados, Abogados Málaga.
e-mail: info@sgletrados.com
http://www.sgletrados.com
creo que si llega a pagar los costes te los pagará a ti, por eso tienes que pagarlo tu primeros.
Hola ramiglez:
salvo que usted hubiese pactado expresamente con su letrado que éste cobraría sus honorarios mediante la tasación de costas - algo muy poco usual - usted está obligado al pago de sus honorarios, ya que es quien contrató y disfrutó sus servicios jurídicos.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es