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por cuestión económica debo cambiar a un piso mas barato pero tengo un contrato por un año y solo llevo 5 meses.que problemas me traeria incumplidlo
Añadir a la respuessta de Piscis, que el desistimiento puede tener como consecuencia - lea el contrato - el pago de la indemnización que marca la ley, 1 mes por año incumplido y la parte proporcional si se dejan de cumplir seis meses.
Saludos - Papeleos Alquiler.
La ley te permite desistir del contrato al cumplimiento a los primeros seis meses, como ya llevas cinco o algo más y tienes que avisar con treinta días de antelación, si te urge, notificale inmediatamente al arrendador, de forma fehaciente ( burofax con texto certificado y acuse de recibo ) que desistes del contrato al vencimiento de los próximos treinta días, fijándole día y hora en que dejarás el piso y le haras la entrega de llaves.
El día de la entrega de llaves hay que hacer un documento por duplicado y firmado por ambas partes, indicando la resolución del contrato, la lectura de los contadores de suministros, deudas pendientes y desperfectos en la vivienda si los hay y devolución de fianza si se hace en el acto o en el plazo máximo de treinta días.