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Karen87

casero/a

Mis inquilinos me han robado

Mis inquilinos se han ido del piso antes del año sin ni siquiera avisarme mediante burofax. La inquilina me envió un sms al móvil diciéndome que me dejaban las llaves del piso en el buzón y se marchaban. Estuve intentando contactar con ellos todo el dia y me salía que el móvil "no estaba disponible". Un familiar mío fue al piso para ver que tal estaba y cuál fue su sorpresa que no había nada. Se han llevado mis muebles y electrodomésticos. En el contrato no pone nada que esté amueblado (fallo importante), así que creo que no puedo reclamarlos. Sin embargo, ¿podría denunciarles por haberse ido del piso antes de tiempo sin avisar y sin entregar las llaves? ¿podría reclamarles que me pagaran las mensualidades que restan hasta el fin del contrato? Gracias!

  • Preguntado por: Karen87
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
BUFETE JOVER ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    manp .-

    Mejor que hubieses iniciado una consulta independiente ya que te has añadido a una consulta del año 2010.

    Si te está pasando lo mismo, no entres en el piso y acude a un abogado para que inicie un procedimiento de desahucio con reclamación de alquileres.

  • manp

    casero/a

    me esta pasando en estos momentos lo mismo estan robando 

    todos mis muebles y la guardia civil no puede hacer nada por que no los localiza 

    ni yo puedo entrar en mi casa sin orden de un juez ,es para morirse 

     

    • Respondido por: manp
    • Hace 11 años
  • BUFETE JOVER

    profesional

    La sustracción de los muebles que se encontraban en la vivienda constituye un ilícito penal, pero debería ser acreditado por usted. Si no constaba en el contrato el hecho de que la vivienda se encontraba amueblada y la relación de los muebles con la que se encontraba la misma y no se había realizado un acta de inspección ocular por parte de un notario, dificilmente podrá ser acreditado dicho hecho.

    En cuanto al incumplimiento del plazo de duración del contrato por parte del arrendatario, usted si que podría solicitar una indemnización, siempre y cuando nos encontremos en los 5 primeros años de vigencia o de si siendo posterior se establezca una cláusula en la que se establezca el derecho del arrendador de ser indemnizado con una mensualidad por cada año que reste de contrato.

    www.jover-abogados.com

    Tel: 93 269 09 54

    E-mail: info@jover-abogados.com

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si puede acreditar de algún modo que se han apropiado de los muebles y eneseres es un problema penal.

    En cuanto al otro tema en mis post
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/04/mas-sobre-desistimiento-anticipado.html y
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/12/desistimiento-del-inquilino.html considero que tienes cumplida respuesta a tus preguntas, no obstante me pongo profesionalmente a tu disposición telefónica  para cualquier asesoramiento complementario

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Karen:

     

    Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos quien, con el contrato, la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.

     

     

    Reciba un cordial saludo

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