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Mi pared está pintada. Con esvásticas. ¿Cómo limpiar paredes? ¿La casera me quita la fianza o me descuenta el arreglo?
Yo soy mas de whisky, pero bueno.
sigo diciendo que, si va por mi, demuestres que soy contradictorio.
es que si lo dices, así sin más, como que parece eso de "si repites algo muchas veces, aunque no sea cierto, acabará siéndolo".
y a eso tb sé jugar yo.
Paolo. Déjale, Ya se acercará a mi rancho ,Cuando su caballo esté cansado y sediento.
Voy a hacer un poco de coña; pero siempre con un punto de sinceridad.
visto que con palabras no lo vais a solucionar; por que no quedais en un callejon oscuro una noche de estas?
xd
A ver si somos coherentes, ya que unas veces decimos si y otras decimos lo contrario
También puedes leer el siguiente enlace http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/reformas/puede-inquilino-pintar-paredes-avisar-propietario_23884.html ( que enlaza con otro hilo), donde Alfonso Moyano ( otro abogado) pone en duda de que, pintar, no sea considerado "obra".
E incluso que fuera obra, hace referencia al artículo 1561 del Código Civil, por el cual también están sujetos los contratos de arrendamientos.
El arrendatario debe devolver la finca, al concluir el arriendo, tal como la recibió, salvo lo que hubiese perecido o se hubiese menoscabado por el tiempo o por causa inevitable.
En el mismo enlace aparecen el sr. Cabrera y el sr. Carrero ( 2 abogados más) diciendo que han ganado casos similares, e incluso que un juez decretó como "obra" el pintar.
Obviamente, Mari Lolis lo discutió hasta la saciedad, contra viento y marea. Espero que tú, al menos, lo recapacites y te cuestiones si llevas la razón, o no, en este tema.
Vanessa, creo que confundes. PHOLMO habla sobre la demostración del color original de la pintura. Esto sería tan fácil como ponerlo en el documento de finalización de contrato.
En este enlace tienes la respuesta de Jan, otro abogado que participaba en la comunidad ( y muy bueno, por cierto). En el mismo enlace aparecen diferentes sentencias en las que queda demostrado que el inmueble hay que devolverlo en el estado que se entrego, haciendo mención en la pintura.
Casualmente, en la segunda sentencia, deja claro que la carga de prueba sobre el permiso para pintar recae en los inquilinos:
"Lo cierto es que la existencia del permiso correspondía acreditarla a la parte que lo alega ( art. 217 LEC ) "
"Por el contrario el pintar los paramentos de diferentes colores altera la estética que el propietario o arrendador ha establecido para la vivienda y por tanto tiene derecho a que se restablezca la anterior en el momento en que se le devuelva"
Crazyh, hay mas de una respuesta de Pholmo en el foro indicando que para que el inquilino te tenga que dejar la casa pintada de un color concreto hay que especificarlo claramente en el contrato.
Tambien he leido a Amparo comentandolo alguna vez.
De todos modos, que mas da, si pintarrajea la pared tendrá que dejarla en un estado decente, que entiendo que será el inicial.
No puede existir un solo casero en todo el mundo ,que entregue una vivienda con esvásticas en las paredes pintadas.Por deducción intuyo que las ha pintado el inquilino,ya que encima teme que se queden con la fianza.
Si fuera una casa mía,ya puedes llamar urgente a un pintor y que yo no me enterse
Pues hable con su casero y que le diga lo que tiene que hacer. A lo mejor al limpiar no se van los dibujos, pruebe por alguna esquina que no se vea mucho.
Al abandonar la vivienda se debe dejar en las mismas condiciones. Si estaban pintadas de blanco, gris o azul, se tienen que devolver pintadas de blanco, gris o azul.
Para cambiar el color, y no tener que devolverlo en el estado inicial, se necesita el permiso por escrito del arrendador.
De todas formas me parece que se ha colado un troll, pq esto no hay forma de creerlo.
A ver, tras perder un ojo leyendo la ortografia por aqui comento:
a) Para pintar NO hace falta pedir permiso. No es una obra y por tanto no es necesario.
b) Salvo que en el contrato ponga especificamente el color de las paredes no hace falta dejarlas pintadas del mismo color.
c) Si quieres pintar esvásticas probablemente un juez luego te obligue a quitarlas al irte o te obligue a pagar la pintura (yo te obligaria a otras cosas). Si lo que pasa es que al llegar tienes eso pintado, no es necesario permiso para quitarlo ni hay que dejarlo como estaba al llegar. En este ultimo caso vaya tela el casero.
Un saludo.
Hola ,cuando cogiste el piso como estaba la pared tenia esas esvasticas, si ya las tenias para poder quitarlas y pintar la habitacion tienes que pedir permiso a la dueña
y esa mejora que haces en el piso se queda en el piso, de todas formas cuando vallas hacerlo hazlo todo por escrito y con la firma de la casera para que luego no te pueda reclamar nada
A ver a ver, has pintado la pared con esvásticas?
bueno, vamos a considerar que es ud hindú.
debe devolver el piso como estaba al alquilarlo; si la pared era blanca debe devolverla blanca, o como estubiere.
si no, el casero podrá reclamar el pago del pintor.
saludos,
pablo.