Estimados amigos: Su gentil ayuda ya que me siento desesperado, soy extranejro pero con todos los papeles en regla estudiante de master junto a mi esposa que esta terminando la tesis de doctorado y mi hija de 14 meses llegamos en Septiembre, cuando quisimos alquilar nos pedían un aval o nómina que obvio no teníamos, por lo que nos vimos avocados a pagar por adelantado el alquiler, en el contrato que estipulamos que pagaríamos seis meses en septiembre en la fecha que alquilamos y los otros seis restante en noviembre, pero por problemas económicos producto de una beca que no se nos transferido de nuestro pais ya que esta en una crisis económica grave solo pagamos cuatro nos faltarian dos, la arrendataria nos esta presionando por el resto de los dos meses. ¿que podemos hacer?
Preguntado por:
kdjedklek
Hace 8 años
Categoría: Caseros
Respuestas (8)
Amparo BB ha sido el primero en contestar PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
Pelayo de Salvador
profesional
Amparo, no es exigible el pago por cuanto si se opone al pago el arrendador no podrá acudir a los tribunales para exigir que le paguen. Por tanto, al no ser exigible, el pago NO es obligatorio (al menos no hasta que lleguen los meses que faltan por pagar.
Si entraste en septiembre y ya llevas pagados diez meses, es que ya tienes anticipada la renta, hasta el mes de Junio/ 16 inclusive. Yo en tu lugar, le exigiría a la arrendadora (la propietaria) la devolución de los meses anticipados desde ahora hasta Junio, o al menos que no te siga molestando con exigencias contrarias al artículo 17,2 dela Ley de Arrendamientos Urbanos. A partir del 1 de Julio paga una mensualidad de renta y así hasta el vencimiento de los tres años de arrendamiento a los que tienes derecho legalmente. Si la arrendadora no está conforme, tendrá que tomar la iniciativa para demandarte judicialmente, pero posiblemente su abogado se lo desaconseje al no poder exigir el pago de rentas anticipadas, por así expresamente prohibírselo la Ley.
Totalmente de acuerdo con PHOLMO. Siempre es un problema exigir pago por adelantado de más de una mensualidad de renta, precisamente por esa clara prohibición al respecto. Saludos, www.desalvador.es
No coincido con Oscar, esa clausula es inexigible porque choca frontalmente con el art. 17 de la LAU, cuando dice " En ningún caso podrá el arrendador exigir el pago anticipado de más de una mensualidad de renta."
Lo pactado en el contrato hay que cumplirlo, a no ser, que la cláusula sea ilegal o abusiva, y esta podría estar dentro de esa franja, así que intente dialogar con la parte arrendadora, ya que la validez de esta cláusula es más que dudosa.
A la respuesta de Amparo conviene matizar que, por imperativo legal, el casero no puede exigir mas de un mes por adelantado, con lo cual esa cláusula parece ilegal y por tanto nula, tendría que leerla. Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
Tienen que encontrar una solución que satisfaga al arrendador... o arriesgarse a una demanda judicial si es que están incumpliendo el contrato. Ese arrendador confió en ustedes... no lo olviden. Y al parecer fue uno de los pocos que lo hicieron.... Debe ser que hasta ese momento no había tenido problemas. Puede que a partir de ahora se lo piense más.
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