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Tengo firmado un contrato de alquiler de un local desde hace un año( en realidad son dos locales sin division intermedia asi consta en el contrato, locales 1 y 2 aunque solo se accedia por una puerta es decir tiraron el tabique y quedo un local solo)
el caso es que en el contrato pone que la comunidad la paga el inquilino pero no especifica importe alguno, estoy obligado al pago?
luego relice tabiqueria de pladur y separe de nuevo los dos locales auqnue se comunican entre ellos, en la mitad del local tengo una actividad de tienda y en el otro local estaba en desuso hasta ahora que lo he acondicionado para abrir bajo la misma empresa una gestoria.
pueden aumentarme la renta o rescindir el contrato por abrir esta segunda actividad no expuesta en el contrato de alquiler?
Coincido completamente con lo dicho por mi compañero pholmo.
La exigencia de que en el contrato conste el importe anual de los gastos de Comunidad para poder repercutirlos al inquilino está referida a los contratos de arrendamiento de vivienda y no a los de local de negocio, por lo tanto no puede invocarla.
En cuanto a su segunda pregunta habria que leer atentamente ese contrato para determinar si el casero puede o no tomar medidas contra vd.
En mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).