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ahora que nos separamos yo me voy del piso y ella se queda mi pregunta es me tiene que devolver la fianza que me corresponde a mi ya que me voy verdad el dueño del piso ya que si se queda la mujer o quiere quedarse tendra que dar a el dueño la fianza que le estoy pediendo yo no se si me ha dejado explicar gracias
Para ello debe cumplir lo que ordena la Ley: En los casos de nulidad del matrimonio, separación judicial o divorcio del arrendatario, el cónyuge no arrendatario podrá continuar en el uso de la vivienda arrendada cuando le sea atribuida de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 90 y 96 del Código Civil.
La voluntad del cónyuge de continuar en el uso de la vivienda deberá ser comunicada al arrendador en el plazo de dos meses desde que fue notificada la resolución judicial correspondiente, acompañando copia de dicha resolución judicial o de la parte de la misma que afecte al uso de la vivienda.
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