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Me he retrasado en el pago del alquiler de la vivienda que habito desde hace 2 años y el propietario no atiende a razonamientos por lo que si no pago la totalidad de lo que debo me amenaza con hecharme en 24 h. ¿Puede hacerlo?¿Ha de comunicármelo con antelación? Intentaría hacer pagos parciales pero el no quiero ¿Puedo obligarle a atender estos pagos aún y cuando el no los acepta si no es la totalidad lo que le pago?¿Cómo puedo hacer valer mi intención de pagar pues considero su actitud como moving? Gracias.
Hola Juanka:
Coincido con las respuestas anteriores y añado que usted no puede obligar a su arrendador a aceptar pagos parciales de la renta.
reciba un cordial saludo.
Voy a enfocar el tema desde el punto de vista que creo tiene juankka, no puede considerarse acoso inmobiliario (mobbing) el hecho de que el casero reclame el pago de los alquileres, hay que atenerse al viejo principio: Quien usa su derecho a nadie daña.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas, precisamente lo último que he publicado tiene una gran relación con lo que plantea Juankka y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Si no pagas la totalidad o te retrasar reiteradamente en el pago, puede interponer una demanda de desahucio por ello, y te desahuciaran, pero no en 24 horas, sino que primero tiene que llegar el juicio, y luego te darán una fecha de lanzamiento.
El problema es que si este momento llega, además de tener que pagarle lo adeudado lo normal es que te carguen con las costas procesales.
Si no pagas la totalidad de la renta iras a la calle, no en 24 horas, sino con una demanda de desahucio y un procedimiento judicial que aumentara considerablemente la deuda que tengas contraida.
Pedro Martinez
Abogado
5001@icagr.es