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Adquiere derechos si otra persona fisica o juridica distinta a la arrendataria efectua el pago de un local arrendado? adquiere derechos?
Adquiere el derecho a reclamar el importe al que debió pagar ese alquiler, salvo que se considere una donación.
para ampliar más o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
http://www.pedrohernandezabogado.com/
Sobre la finca no.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es