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Tengo un piso en alquiler y el inquilino se ha ido el día 31 de octubre, dejó varios desperfectos y se los he descontado de la fianza. No está de acuerdo y me dice que los desperfectos hay que pagarlos a medias, como no estoy de acuerdo me ha dicho que me va a denunciar por no haber depositado la fianza en la cambra de la propietat y a mi me dijeron que no era obligatorio.
Artículo 9. Graduación de las multas.
1. La infracción de la obligación de depositar la fianza establecida en la presente Ley da lugar a la imposición de las siguientes multas:
por las infracciones graves, el importe de la sanción debe fijarse a partir del 35 % hasta el 75 % del importe de las fianzas o las actualizaciones no depositadas.
La multa es la misma para todas las comunidades, pues la ley es estatal y las funciones se han pasado a las comunidades.
En la c. De Madrid. La multa puede llegar a ser importante.
no en todas las comunidades es obligatorio, en Navarra y Ppdo de Asturias no hay que hacerlo.
saludos - Papeleos Alquiler.
Es obligatorio, sí.
De todas formas no tiene q ver una cosa con la otra.
Lo de la fianza es una multa administrativa, y lo de los desperfectos debería estar especificado en el documento de finalización de contrato y entrega de llaves, que supongo por la pregunta, no existe.
Así que más vale un mal arreglo que terminar llegando a juicio, pq hay para las dos partes