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El constructor se ha quedado con un piso en mi edificio y acaba de alquilarlo de nuevo a una pareja que tiene un perro,. Cuando se hicieron los estatutos se voto por unanimidad que no se permitirían animales en el edificio, pero él les ha asegurado a estos inquilinos que si se puede. Además de todo esto lleva todo un año sin pagar la comunidad y hemos tenido problemas para cobrar desde que se estableció la comunidad.
Javier Diez
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De las mejores respuestas q he leído en todo el tiempo que llevo en el foro
Las cuotas de comunidad deben reclamarse al propietario con independencia de los pactos que existan en el contrato de arrendamiento.
Javier, muy bueno...
__Pedro Martinez
Abogado
¿Os imaginais todo un edificio sin animales ,viviendo sólamente el perro?
No hay forma humana de que se pueda obligar a un inquilino a deshacerse de un animal, por mucho q digan los estatutos.
Como mucho, se tendrá q pedir al arrendador que inicie un desahucio o rescinda el contrato previa indemnización a los inquilnos, pero incluso asi, no veo que sea del todo legal prohibir la tenencia de animales. Es más, para mi, es anticonstitucional, pues en la vivienda de cada uno no se puede limitar la libertad. Lo único q se puede prohibir es el uso de las zonas comunes para el perro ( jardines, ascensor, etc...)
No puede tener un perro, aunque tengo dudas sobre si los estatutos son oponibles a terceros si no estan inscritos en el Registro de la Propiedad. De todas maneras si conoce los estatutos sabe que no puede tener perro.
Que pague o no la comunidad depende del contrato de alquiler. Si la tiene que pagar él, reclámenesela en un monitorio.
abogadoarrendamientos.wordppress.com