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Supongo que aunque no haya dinero de por medio, es mejor firmar un contrato. Tiene una duració mínima? y si el precarista se empadrona en la vivienda, la da algun derecho que pueda perjudicar al propietario?
Hay otras alternativas. podéis formalizar un usufructo en el que se establezcan todas las condiciones que tu quieras: plazo, derechos sobre los frutos del inmueble, causas de extinción, etc.
Le interesa más hacer un contrato de alquiler pues es más fácil desahuciar por falta de pago que por precario, pues el procedimiento de precario admite recursos que en el desahucio por falta de pago, en la práctica, son poco viables.
Si de todas formas le deja la casa sin pago de renta puede hacer un documento reconociendo la situación. No hay plazo sino que el dueño decide cuando reclamar la posesión. No se generan derechos para el ocupante salvo que se de una ocupación por más de 10 o 30 años, según los casos, cuando podría adquirirse la propiedad por prescripción en casos muy concretos. El documento impide que vayan surgiendo estos derechos.
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Jamás llegaré a entender un contrato "en precario",ya que para poder recuperar la vivienda,tendré que acudir a un juez.Es lo mismo que tampoco entenderé el "dar" la firma para un aval
El precario es una situación 'de hecho' lo contrario a una situación contractual, hablar de contrato de precario es un contrasentido. El precarista no tiene otro derecho que utilizar la vivienda, mientras lo tolere el dueño, sin embargo y desde el punto de vista practico es absurdo y poco recomendable para el dueño instaurar una situación de precario, su terminación no es tan fácil como pudiera parecer.
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