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En noviembre alquilé una casa y me han hecho un contrato indefinido. ¿Qué durabilidad real tiene el contrato?
Hola valeri:
le sugiero la lectura del artículo 9. 2 de la Ley de Arrendamientos urbanos de 1994 y el siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Si en principio pone indefinido ¿También estaría obligado según la ley a un año, prorrogable a cinco?
Si es su vivienda habitual podrá estar en ella 5 años, siempre y cuando usted lo decida, en prorrogas anuales o mensuales, dependiendo de como este redactado el contrato.
Un año si el alquiler esta pactado en anualidades y un mes si lo está en mensualidades. Sin embargo si se trata de su vivienda habitual podrá permanecer en ella cinco años.
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