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bidane

casero/a

Si necesito mi vivienda alquilada para mi hija ¿me ampara la ley?
¿Se puede hacer referencia en el contrato?
  • Preguntado por: bidane
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si realmente piensa que va a necesitar la vivienda lo mejor es que no la arriende.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • Armando Perea

    Armando Perea

    profesional

    De momento no, el proyecto de ley que modifica la LAU 94, la LEC y la LPH que está a falta solo de ratificación, sanción real y publicación, sí que contempla el supuesto que planteas, en ese caso supondrÍa una de las excepciones a la prórroga obligatoria de 5 aÑos para el arrendador, siempre que figure de forma expresa en el contrato.

    Estamos a tu disposición,
    Api Colegiado Inmodos
    Web: http://www.inmodos.net/
    E-mail: info@inmodos.net
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Solamente se puede establecer un plazo inferior a los cinco años en dos situaciones: - por tratarse de un contrato de temporada (estudiantes para un curso escolar, trabajadores para una tarea, o similares), o porque el propietario vaya a necesitar el piso para sí (no para familiares), en cuyo caso hay que hacerlo constar en el contrato indicando la fecha en la que se necesitará ocupar la vivienda.

    A su disposición para lo que pueda necesitar,
    www.asistencialegal.net
    Puede ver más en mi blog asistencialegal1.blogspot.com
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