Validez de contrato alquiler grabado con videocamara
Hola soy Bea, pues la semana pasada iba a alquilarle una de las habitaciones de un piso que tengo, y quedé con la muchacha en la casa que estaba aún alquilada de antes para firmar una toma de datos, era como una especie de borrador de contrato pero que lo firmamos ambas, así lo pasaba yo a limpio y tal. El tema es que le di la llave en ese momento para que metiera sus cosas ya, suelo confiar bastante en la gente la verdad. El asunto es que al dia siguiente me entero que en su anterior casa tuvo muchos problemas con el resto de inquilinos del piso, hizo destrozos y dejó de pagar cerca de cuatro meses, entonces la llame y le dije que no ibamos a formalizar el contrato finalmente, que me devolviera las llaves, y ella me dijo que si tenía contrato porque lo grabó con la webcam, que al parecer tenía conectada. Realmente esa toma de datos que yo considero aunque este firmada puede valer como contrato? Realmente ella no tiene ningún documento, solo la grabación que ella dice, es valida esta grabación como contrato? Muchas gracias.
Piscis, si no entiende lo que he querido decir, más que por mi error al teclear me inclino que sea por carecer de argumentos. Así que dejo este absurdo debate para que puede seguir tranquilamente respondiendo a otros usuarios como ya dijo iba a hacer unos días y sin embargo aquí sigue
Para general conocimiento de los legos en materia de denuncias, para presentar u oponerse en vía administrativa a una denuncia, no es preceptiva la intervención de abogado y procurador.
Y la verdad Piscis argumentar sobre lo que argumentara un abogado u otro es un tanto osado por su parte cuando hace unos días me recomendaba a mí que en mi condición de casera era algo que no me competía recomendándome unos cursos y tal. Mejor dejemos esas argumentaciones para el inestimable Pedro Hernández que seguro realiza una exposición más acertada y clara para no confundir a la consultante.
Bueno Piscis, pero como Ud no es organismo Competente para admitir o desestimar una denuncia ni expone ningún criterio para tal efecto insisto en que Bea puede encontrarse perfectamente en esa situación para lo que de ser tramitada necesitará igualmente abogado y procurador. Para el resto de su deliberación ya he expuesto anteriormente los errores agumentales de los que adolece y a lo que espero a la interesada haya leído quedado claro por mucho que Ud. los repita
Cualquier persona se puede encontrar con denuncias ya que están al abasto, sin formalidad alguna y gratuitamente, de cualquier persona que desee hacerlo, luego prosperará o no, a criterio del Organismo donde se presente, pero distinto es encontrarse con una demanda judicial donde mayormente han de intervenir abogado y procurador, y el caso que nos ocupa precisará de ellos la presunta inquilina si Bea ha cambiado, tal como le dije desde un principio y espero que lo haya hecho, la cerradura de la puerta, ya que será dicha chica la que tendrá que iniciar la acción, bajo una dirección letrada, que a buen seguro, su abogado estudiará previamente las posibilidades de éxito de la demanda antes de presentarla, o rechazará por inviable, pero si lo hiciera, frente a las pretensiones de la parte demandante, habrá otro abogado que se opondrá a la mismas con los argumentos que estime por convenientes, pidiendo que se desestime la demanda, por improcedente y temeraria, con condena en costas de la parte actora y todo ello sin perjuicio de que se derive el tanto de culpa, si se aprecia una acción delictiva de la misma, por la filmación y grabación mediante cámara oculta, efectuada sin conocimiento de la demandada y en el piso donde se le enseñó la habitación que se alquilaba..
Después de leer el animado debate yo veo el asunto desde otra perspectiva, la inquilina tiene las llaves por lo tanto si entra en la vivienda y se niega devolverlas, será Bea quien tenga que acudir al juzgado y demostrar que NO existe acuerdo contractual, prueba a mi juicio, como todas las pruebas negativas, difícil, por eso en derecho se las llama probatio diabolica
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