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Se trata de un piso en cuya escritura de propiedad hay tres propietarios al 33'333% de propiedad cada uno, entonces si se quiere formalizar un contrato de alquiler en toda regla ¿es necesario que firmen los tres propietarios? una de las partes (33%F) está "desaparecida". Gracias
Milo, en zaragoza tienes a uno de los especialistas que aportan su ayuda desinteresadamente a esta web. PHOLMO.
A mi no me importa opinar, pero hay cosas de las que no se tiene que opinar, se tiene que saber. En un foro se te puede orientar, pero no solucionar el tema, mucho menos cuando hay necesidad de un juzgado o de un proceso que precisará de abogado y procurador.
En medicina puedes pedir consejo a tantos médicos como quieras, pero dudo mucho que, si tienes una probabilidad de cáncer, le preguntes a la abuelita del pueblo a ver qué opina. Preguntarás a otro médico.
Pues bien, en tu caso, siendo un contrato donde una parte no estará, sería bueno que el contrato estuviera bien cerrado y perfecto, para no ser impugnado y evitar supuestas reclamaciones futuras, con el consiguiente gasto que generaría eso.
Eso sí, prometo contestarte a todas tus siguientes preguntas con opinión, sea o no legal, y te traiga las consecuencias que te traiga.
Parece que a algunos les da miedo opinar más allá del color de las paredes o el largo de las cortinas... Pues nada, oye, por mí puedes confiar tu salud al primer médico de la SS que encuentres, o mejor, ya que puedes, buscate uno mejor con las comisiones (perdón, baremos) que sacas de cada uno de tus trabajos. Me parece muy bien, cada uno tiene su manera de ganarse la vida. Pero: por mi experiencia (estúpida, según los tuyos) más daño he recibido en la vida desde el despacho de uno o varios abogados que por consultar, preguntar, y buscar respuestas. Y de todos modos... ¿para qué estaba esta Comunidad? ?¿para el color de las paredes¿?¿? pues para eso me voy a otras webs.
Que vaya bien!
no sé si estamos discutiendo porque pienso que tienes razón. Bueno, ya me apañaré, ¿Algún abogado/gestoría bueno para alquileres en Zaragoza?
Gracias, un saludo.
Milo, creo que tu pregunta no se puede responder con una opinión, más que nada por las consecuencias que podrían derivarse. No se trata de qué inquilino creemos el ideal, de qué color es mejor pintar las paredes, etc...
Y no se me ocurre ir al hospital porque me duele la barriga, que me digan que tiene que verlo un estomatólogo, y buscar en google "dolor de barriga", más que nada porque como sea una hernia de hiato o una úlcera y me aconsejen tomarme un "arroz hervido" no me va a servir mucho.
Si no te convence lo que te dicen los abogados con los que consultas, cosa que se me hace difícil creerlo, más que nada por lo que has puesto del restaurante, sigue buscando hasta que te digan algo que te convenza. Seguro que alguien tendrá alguna opinión que te satisfaga, otra cosa será que las consecuencias las tendrás que asumir tú, y no el que "pasaba por aqui y dije lo que creí mejor"
Claro, y yo tengo un restaurante, y os recomiendo que comáis siempre siempre en restaurantes, no vaya a ser que cocinéis algo que salga mal.
¿Tiene que constar en el contrato que las dos partes ostentan el 66% o no hace falta?
Estoy consultando varios abogados, solamente es que no me conformo con una respuesta. No sé, quizá alguna vez habeis ido al médico, os ha dado una medicación y aún así habéis buscado en google "gripazo remedio casero"
Solo quiero saber qué opinais, no estoy pidiendo una tesis, hombre!!
Hola Milo:
Coincido con las respuestas del sr Crazyh.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
No es necesario, pero yo acudiría a un abogado a que redactase el contrato. No es mucha inversión y sí mucho beneficio.
un saludo
Lo que ocurre es que el que tiene un 33% no aparece por ningún sitio, no contesta al móvil y parece que no quiera saber nada. Si las otras dos partes (66%) formalizan un contrato ¿Esto tiene que constar en el mismo? Quiero decir, ¿El contrato tiene que decir: "d Tal y d Cual que ostentan el 66% de la propiedad del inmueble etc" o no es necesario?
gracias.
Milo, según Crazyh, con la mayoría simple vale para alquilar, aunque yo pienso que uno solo también debería poder alquilar. Aclara lo que dices de "desaparecida" y que "aparezca"que intuyo algo raro, ya que si hay discrepancias entre los tres tiene razón Crazyh
Se necesita la mayoría, en este caso dos propietarios. El otro da igual si aparece o no, pero lo que está claro es que os podrá reclamar su parte de los beneficios
para javier diez: ¿pero entonces no es necesario que el titular de ese 33% "aparezca" y firme para apoderar a alguien que a su vez firme?
gracias.
Con un propietario supongo que es suficiente.Yo en una ocasión por poderes he alquilado